¿Sufrió un accidente yendo o volviendo del trabajo? Un accidente de trayecto está cubierto por la Ley 16.744. Lo defendemos si la Mutual lo rechaza o si lo quieren despedir.
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No lo pueden despedir si está con licencia de la Mutual.
Apelamos si la Mutual rechaza su accidente de trayecto.
La Mutual debe pagar su licencia al 100% (no como Fonasa/Isapre).
Si queda con secuelas, lo ayudamos a cobrar su indemnización.
Demostramos que el trayecto fue "directo" entre casa y trabajo.
Si lo despiden *después* de volver, demandamos por discriminación.
Es todo accidente que ocurre en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la casa (habitación) y el lugar de trabajo. También cubre el trayecto entre dos lugares de trabajo.
Significa que el camino debe ser lógico y sin interrupciones por motivos personales. (Ej. pasar a buscar a un hijo al colegio SÍ se considera trayecto, pero pasar al supermercado NO).
Debe ir de inmediato al centro de la Mutual (ACHS, IST, etc.) o al hospital más cercano. Debe avisar a su empleador de inmediato para que él haga la denuncia (DIAT).
La Mutual. A diferencia de una licencia por enfermedad común (Fonasa/Isapre), la licencia por accidente de trayecto se paga al 100% de su sueldo imponible.
No. Usted está protegido por fuero laboral mientras dure su licencia por la Ley 16.744. Si lo despiden, el despido es Nulo y debe demandar.
Si la Mutual (ACHS, IST, etc.) lo rechaza, usted tiene derecho a apelar ante la SUSESO (Superintendencia de Seguridad Social). Un abogado laboral lo puede representar en este trámite.
Sirven: el parte de Carabineros (si hubo), declaración de testigos, pasajes de micro, UBER, o cualquier prueba que demuestre la hora y lugar del accidente.
También está cubierto. El medio de transporte (micro, metro, auto, bicicleta, a pie) no importa, siempre que sea en el trayecto directo.
Sí. Si el accidente le deja una incapacidad permanente (ej. pierde movilidad), la Mutual debe pagarle una indemnización (si es de 15% a 40% de incapacidad) o una pensión (si es más de 40%).
“Me caí yendo al trabajo y la Mutual lo rechazó. El abogado laboral apeló a la SUSESO y ganamos. Me pagaron todas las licencias.”
— Susana, ChileNo pierda sus derechos. Un abogado experto en Ley 16.744 lo defenderá para que le paguen la licencia y no lo despidan.
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