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¿Lo despidieron sin previo aviso? ⚡

Si lo despidieron de un día para otro, ¡tiene derechos! Si fue por Art. 161 ("Necesidades de la Empresa"), le deben pagar el "mes por aviso". Si fue por Art. 160 (falta grave), el despido es inmediato, pero puede ser injustificado.

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Testimonio Despido sin Previo Aviso
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“Me despidieron sin previo aviso por 'necesidades'. El abogado me explicó que me debían el mes de aviso. Demandamos y me pagaron todo. 100% recomendado.”
— Marcelo Fuentes, Chile

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💼 ¿Qué hacer si lo Despiden sin Previo Aviso?

💰 Cobro de Mes por Aviso

Si fue Art. 161 (Necesidades), demandamos el pago del mes de aviso.

⚖️ Despido Injustificado (Art. 161)

Si la causal es falsa, además del mes por aviso, cobramos el recargo del 30%.

🚫 Despido por Falta Grave (Art. 160)

Esta causal es *sin aviso*. Si la acusación es falsa, revertimos el despido.

🗣️ Despido Verbal

Si lo despidieron de palabra, es 100% injustificado e ilegal.

📄 Revisión de Carta de Despido

Analizamos la causal para ver si el "sin aviso" es legal o no.

✍️ Finiquito con Reserva

Le enseñamos cómo firmar su finiquito para poder demandar el mes por aviso.

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🔎 ¿Cómo trabajamos?

  1. 📞 Analizamos su Carta de Despido: Revisamos la causal y si correspondía el aviso.
  2. 📋 Calculamos su Indemnización: Calculamos el mes de aviso, años de servicio y recargos.
  3. ⚖️ Demandamos el Pago: Presentamos la demanda para cobrar todo lo adeudado.

🌟 Testimonios Reales de Clientes

Testimonio Laboral Chile
⭐⭐⭐⭐⭐

“Me despidieron de palabra, sin previo aviso y sin carta. El abogado me dijo que era ilegal, demandamos y ganamos todo. ¡Se pasaron!”

— Susana, Chile

❓ 9 Preguntas Clave: "Me despidieron sin previo aviso"

1. ¿Es legal que me despidan sin previo aviso?

Depende de la causal. Si es por Art. 160 (falta grave), sí es legal, el despido es inmediato. Si es por Art. 161 (necesidades de la empresa), deben avisarle con 30 días de anticipación, y si no lo hacen, deben pagarle el "mes por aviso".

2. ¿Qué es el "mes por aviso" o "indemnización sustitutiva"?

Es el pago de 1 mes de sueldo (última remuneración) que el empleador debe hacerle si lo despide por Art. 161 ("necesidades de la empresa") y no le dio el aviso con 30 días de anticipación.

3. ¿Qué pasa si me despidieron por Art. 161 y no me dieron aviso?

Deben pagarle en su finiquito su indemnización por años de servicio MÁS 1 mes de sueldo extra por el "mes por aviso". Si no lo incluyen, debe firmar con reserva y demandar.

4. ¿Qué pasa si me despidieron por Art. 160 (falta grave) sin aviso?

Eso es lo normal. Las causales del Art. 160 (ausencias, abandono, robo, etc.) son de despido inmediato y no dan derecho a previo aviso ni a indemnización. La única pelea es si la causal es falsa (despido injustificado).

5. Me despidieron de palabra, sin carta y sin aviso, ¿qué hago?

Eso se llama despido verbal y es 100% ilegal e injustificado. Debe contactar a un abogado de inmediato para presentar la demanda. Ganará sus indemnizaciones más el recargo máximo.

6. ¿Qué plazo tengo para reclamar si no me pagaron el mes por aviso?

El plazo es de 60 días hábiles (lunes a sábado) desde el despido para presentar la demanda, previa reclamación en la Inspección del Trabajo.

7. ¿Puedo reclamar el mes por aviso si ya firmé el finiquito?

Solo si firmó con reserva de derechos. Si firmó el finiquito y no escribió la reserva, aceptó el pago (o no pago) y perdió el derecho a demandar.

8. ¿Me pueden descontar el mes de aviso del Seguro de Cesantía?

Si el empleador le paga el mes de aviso en el finiquito, SÍ puede descontar lo que usted tenga en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Pero no puede descontarlo si la causal fue Art. 160.

9. ¿El "desahucio" (Art. 161 inc. 2) requiere aviso?

Sí. El desahucio (para cargos de confianza) también requiere aviso de 30 días o, en su defecto, el pago del "mes por aviso".

📲 ¿Te despidieron de un día para otro?

No pierda el mes por aviso. Un abogado experto revisará su carta de despido y le dirá cuánto le deben pagar.

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