El Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad en Chile
El Reglamento Interno es la «ley de la empresa». Regula las obligaciones, prohibiciones y sanciones, pero tiene límites estrictos fijados por la Dirección del Trabajo.
¿Qué Debe Contener el Reglamento?
El reglamento no puede ser un simple papel para castigar al trabajador. La ley exige que contenga apartados fundamentales:
- Las horas en que empieza y termina la jornada de trabajo, y los turnos.
- Los tipos de remuneraciones, días, hora y lugar de pago.
- Designación de cargos ejecutivos ante quienes los trabajadores pueden plantear sus reclamos.
- Las normas sobre el protocolo contra el acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo (Ley Karin).
- Disposiciones sobre prevención de riesgos de accidentes laborales.
Límites de las Sanciones (Multas)
El reglamento puede contemplar sanciones para los trabajadores que infrinjan las normas (por ejemplo, llegar atrasado). Sin embargo, el empleador no tiene poder absoluto. Las únicas sanciones permitidas son:
- Amonestación verbal o escrita.
- Multa en dinero: La multa NO puede superar el 25% de la remuneración diaria del trabajador. Este dinero descontado no va al bolsillo del dueño, sino que debe destinarse a los fondos de bienestar de la empresa o a los servicios de mutualidad.
Un reglamento interno jamás podrá incluir cláusulas que atenten contra la dignidad del trabajador. Están prohibidas las revisiones corporales denigrantes, la prohibición de ir al baño, los castigos físicos o la retención de documentos personales. Cualquier norma abusiva puede ser impugnada ante la Inspección del Trabajo.
¿Qué pasa si la empresa me despide por faltas a un reglamento que no existe?
Si la empresa tiene más de 10 trabajadores y no ha redactado ni entregado el Reglamento Interno, no podrá sancionarte formalmente ni despedirte invocando el «incumplimiento grave a las normativas de la empresa», ya que dichas normativas, jurídicamente, no existen al no estar publicadas.
¿Te aplicaron multas ilegales basadas en un reglamento interno abusivo?