Trabajadoras de Casa Particular: Derechos y Ley de Descansos
El contrato de trabajadoras de casa particular (asesoras del hogar, niñeras, cuidadoras en domicilio) tiene reglas especiales en el Código del Trabajo para garantizar el respeto absoluto a su descanso y remuneraciones dignas.
Modalidad Puertas Afuera (Jornada Limitada)
Para quienes viven en su propia casa y viajan diariamente a prestar el servicio:
- Jornada Máxima: Está sujeta a una jornada ordinaria máxima estricta de 44 horas semanales (que bajará progresivamente a 40 horas).
- Horas Extras: Si el empleador requiere que se quede hasta más tarde, estas horas excedentes se deben pactar por escrito y pagar como horas extraordinarias (recargo del 50%).
- Descanso en la jornada: Tienen derecho a una pausa diaria ininterrumpida de al menos 30 minutos para colación.
Modalidad Puertas Adentro (Descansos Obligatorios)
Para quienes viven y pernoctan en el domicilio del empleador, la ley es protectora para evitar la servidumbre ininterrumpida de 24 horas:
- Descanso Diario: Tienen derecho a un descanso diario absoluto de 12 horas, entre el término de la jornada y el inicio de la del día siguiente (normalmente, un descanso nocturno de al menos 9 horas, y 3 horas extra repartidas en el día, incluyendo la hora para comer).
- Descanso Semanal: Deben gozar obligatoriamente del Domingo libre íntegro y, además, tienen derecho a un día completo adicional de descanso a la semana, o de mutuo acuerdo, dividirlo en dos medios días. No pueden transar este descanso por dinero.
Para las trabajadoras de casa particular, SÍ O SÍ, todos los días declarados festivos por la ley son de descanso absoluto. Si el empleador le ruega trabajar (por ejemplo, en Navidad para atender visitas o el 1 de mayo), debe pagar ese día de trabajo con un recargo adicional inmenso, o compensarlo con otro día libre en la misma semana.
Indemnización a Todo Evento y AFC
Este rubro cuenta con un fondo especial. El empleador cotiza obligatoriamente un 4,11% del sueldo en la AFP de la trabajadora como indemnización A Todo Evento. Esto significa que, ya sea que la trabajadora renuncie, la despidan (con o sin causa) o se enferme gravemente, ella SIEMPRE podrá cobrar el dinero depositado en ese fondo especial de su AFP (reemplazando al clásico despido por necesidades de la empresa de otros sectores).
¿Qué obligaciones tiene el empleador con el uniforme?
La ley prohíbe tajantemente a los empleadores exigir que la trabajadora de casa particular utilice delantal o uniforme identitario mientras se encuentre transitando o acompañando a la familia en lugares públicos, playas, clubes sociales o restaurantes, protegiendo su dignidad.
¿Te exigen trabajar de lunes a lunes o no te pagan el sueldo mínimo íntegro?