Licencia por Enfermedad Grave de Hijo Menor de un Año (Art 199)
Terminó el postnatal y te reincorporaste al trabajo, pero de pronto tu bebé enferma gravemente (ej: Virus Sincicial o Neumonía). El Código del Trabajo en Chile, a través de su Artículo 199, otorga el derecho incondicional a ausentarse para cuidar al menor, mediante una licencia médica pagada.
¿Qué se considera «Enfermedad Grave»?
A diferencia de la Ley SANNA (que cubre cáncer o riesgo de muerte), esta licencia médica cubre enfermedades pediátricas agudas que obligan al niño a hacer reposo absoluto en cama bajo el cuidado de un adulto, y que impiden que asista a la sala cuna. Lo más común en invierno son los virus respiratorios (VRS), bronquitis obstructivas severas o rotavirus.
El Traspaso al Padre o a Terceros
Este es un derecho de titularidad compartida. En el caso que ambos padres sean trabajadores, la madre tiene la facultad exclusiva de decidir cuál de los dos hará uso del permiso y del subsidio.
- Si la madre decide cederle el cuidado al padre, ella debe firmar la autorización en la misma licencia médica electrónica (a través del sistema del médico). El empleador del padre está obligado a aceptar esta licencia.
- Si la madre falleció: El padre o la persona que tenga el cuidado personal legal del menor (tuición) asume el derecho automáticamente.
⚠️ El Fraude de Licencias (Rechazos de COMPIN)
Lamentablemente, por años se abusó de este permiso para «extender artificialmente el postnatal» con médicos complacientes, lo que llevó a que la COMPIN y las Isapres endurecieran las auditorías. Hoy, es altamente probable que te exijan la Ficha Clínica Pediátrica o comprobantes de urgencia para validar que el niño realmente estuvo gravemente enfermo. Si COMPIN rechaza la licencia, la madre no recibe el subsidio de esos días.
¿Qué pasa con los Niños Mayores de 1 Año?
El artículo 199 original es estrictamente para menores de un año. Sin embargo, el artículo 199 bis aborda una situación excepcional: Si el niño es menor de 18 años y sufre un accidente grave o enfermedad terminal en su fase final (similar a lo que hoy también cubre la Ley SANNA), la madre tendrá derecho a 10 jornadas ordinarias al año de permiso pagado, las cuales deben ser devueltas trabajando horas extras o descontando días de vacaciones.
Preguntas Frecuentes
Mi Isapre me rechazó la licencia por Enfermedad Grave del Hijo, ¿qué hago?
Debes apelar de inmediato (dentro de 15 días) ante la COMPIN. Para que la apelación sea exitosa, necesitas que el pediatra emita un Informe Médico Complementario muy detallado explicando los síntomas, tratamiento y la necesidad imperiosa de que el menor estuviera cuidado por la madre, adjuntando recetas y bonos de atención.
¿El empleador puede despedirme si tiro muchas de estas licencias?
Recuerda que hasta que tu hijo cumpla 1 año y 84 días tú estás protegida por el Fuero Maternal. El empleador no puede despedirte por necesidades de la empresa, y un juez laboral jamás autorizará un desafuero usando como excusa que «te ausentaste mucho por cuidar a tu hijo enfermo». Despedirte por este motivo es ilegal.
¿El pago de este subsidio tiene un tope como el postnatal?
Sí. Al igual que el postnatal, el subsidio por incapacidad laboral que paga la Isapre o COMPIN está sujeto al tope imponible mensual legal (aprox. 84 UF). Si tu remuneración líquida normal superaba ese tope, percibirás una reducción en tus ingresos durante esos días.
¿Tu empleador amenaza con despedirte o la Isapre no te paga?
Proteger la vida familiar es un derecho fundamental. Te ayudamos a presentar los recursos de protección ante tribunales o la SUSESO para destrabar el pago de tus licencias.