Si trabajas para una empresa contratista, la empresa principal también puede responder por tus derechos
La Ley de Subcontratación protege a miles de trabajadores que prestan servicios a través de contratistas, obligando a la empresa dueña de la obra a vigilar y, en ciertos casos, a pagar.
Trabajar para una empresa contratista dentro de las instalaciones de otra compañía es una modalidad muy extendida en Chile: construcción, minería, retail, servicios de aseo y muchos otros rubros funcionan así. La Ley 20.123 regula esta figura y establece que la empresa principal no queda al margen de tus derechos laborales y previsionales.
¿Qué es la subcontratación?
Es la ejecución de obras o servicios por cuenta y riesgo de un contratista, para una empresa principal dueña de la obra, faena o servicio, en virtud de un contrato entre ambas. Tu empleador directo es la empresa contratista, pero la ley también involucra a la empresa principal en el cumplimiento de tus derechos.
Responsabilidad subsidiaria y solidaria
- → Responsabilidad subsidiaria: la empresa principal responde solo si primero se cobra sin éxito a la contratista.
- → Responsabilidad solidaria: se da cuando la principal no ejerció sus derechos de información y retención, y permite demandar a ambas empresas al mismo tiempo.
- → Cubre remuneraciones, cotizaciones previsionales e indemnizaciones legales del trabajador subcontratado.
Qué hacer si la contratista no te paga
Puedes reclamar directamente ante la Inspección del Trabajo, adjuntando tu contrato, liquidaciones y comprobantes de cotizaciones. Si el reclamo administrativo no resuelve el problema, corresponde demandar ante el Juzgado de Letras del Trabajo, dirigiendo la acción tanto contra la contratista como contra la empresa principal, según el tipo de responsabilidad que aplique.
La obligación de seguridad también se extiende
Además de lo económico, la empresa principal debe adoptar medidas para proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñan en sus instalaciones, sean propios o de empresas contratistas y subcontratistas, incluyendo la coordinación de la prevención de riesgos entre todas las empresas presentes en la faena.
¿La empresa contratista no te paga lo que corresponde?
Te ayudamos a identificar si la empresa principal también debe responder y a reclamar tus derechos.
Preguntas frecuentes
¿Quién es mi empleador si trabajo subcontratado?
Tu empleador directo es la empresa contratista que te contrató, aunque prestes servicios en las instalaciones de la empresa principal.
¿Puedo demandar directamente a la empresa principal?
Sí, según el tipo de responsabilidad que aplique puedes incluirla en la demanda junto con la contratista.
¿Qué diferencia hay entre subsidiaria y solidaria?
En la subsidiaria primero se cobra a la contratista; en la solidaria puedes cobrar a cualquiera de las dos empresas indistintamente.
¿Cubre las indemnizaciones por despido?
Sí, la responsabilidad de la empresa principal alcanza remuneraciones, cotizaciones e indemnizaciones legales.
¿Qué pasa si tuve un accidente en la faena?
La empresa principal también tiene deberes de seguridad y coordinación de la prevención de riesgos, aunque no sea tu empleador directo.
¿Dónde reclamo primero?
Ante la Inspección del Trabajo, y si no se resuelve, mediante demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo.
¿Necesito abogado?
Es muy recomendable, porque determinar el tipo de responsabilidad y a quién demandar requiere revisar los contratos entre ambas empresas.
Contenido informativo. Cada caso de subcontratación depende de los contratos y hechos involucrados; consulta con un abogado laboral para una orientación personalizada.