Despido por Vías de Hecho (Agresiones Físicas) – Art 160 N°1 letra c
La violencia física no tiene cabida en las relaciones laborales. El legislador chileno es drástico al respecto: si un trabajador agrede físicamente a su empleador, a sus jefaturas, o a un compañero de trabajo, el contrato puede terminar de inmediato bajo la causal de Vías de Hecho (Artículo 160 N°1 letra c), sin derecho a ninguna indemnización.
¿A quién debe ir dirigida la agresión?
La ley es protectora del entorno laboral. Para que proceda esta causal, la agresión debe ser ejercida por el trabajador en contra de:
- El empleador directo.
- Cualquier jefe o supervisor.
- Cualquier compañero de trabajo (pelea entre operarios o vendedores).
Ojo: Si la agresión ocurre contra un cliente o un contratista ajeno a la empresa, aunque es gravísimo, técnicamente no cuadra perfectamente en la letra «c». Los tribunales suelen validar esos despidos re-clasificándolos bajo la causal de «Incumplimiento Grave de las obligaciones» (Art 160 N°7).
¿Qué pasa si la pelea fue fuera del horario de trabajo?
Este es un debate clásico en tribunales. Por regla general, las vías de hecho justifican el despido cuando ocurren dentro del lugar y jornada de trabajo.
Sin embargo, la Corte Suprema ha dictaminado que si dos trabajadores se agarran a golpes a la salida de la fábrica, vistiendo el uniforme, o en la fiesta de fin de año de la empresa (evento corporativo), la causal sí es aplicable, pues afecta directamente el clima laboral y la disciplina de la empresa.
La Excepción que Salva: La Legítima Defensa
No todo golpe es causal de despido para ambos. Si un compañero te ataca con un cuchillo o a golpes de puño de forma sorpresiva e injustificada, y tú respondes empujándolo o golpeándolo únicamente para defenderte y repeler la agresión (legítima defensa proporcional), el empleador no puede despedirte a ti. Solo debe despedir al agresor inicial.
Preguntas Frecuentes
Mi compañero me empujó, yo no hice nada, pero nos echaron a los dos por «pelear». ¿Es justo?
No, es totalmente injusto e ilegal. Las empresas suelen tomar el camino fácil de despedir a ambos involucrados («ley pareja»). Si tú fuiste solo víctima pasiva, debes demandar por despido injustificado. Si la empresa no puede probar que tú también ejerciste vías de hecho, ganarán el juicio.
¿Basta con que el jefe diga que lo empujé para que me despidan?
No. En el juicio laboral, el empleador es quien tiene la carga probatoria. Si fue tu palabra contra la del jefe, y no hay cámaras, ni testigos imparciales, ni constatación de lesiones en la Mutual, el juez fallará a tu favor y ordenará el pago de las indemnizaciones con recargo del 80%.
¿Te despidieron por una pelea donde tú solo te defendiste?
La «ley pareja» de despedir a ambos es demandable. Demostraremos tu legítima defensa en tribunales para exigir tu indemnización por despido injustificado.