Embargo de Bienes de la Empresa por Deudas Laborales: El Juicio Ejecutivo
Cuando una empresa pierde un juicio laboral o firma un comparendo en la Inspección del Trabajo y luego se niega a pagar, el trabajador no pierde su dinero. La legislación laboral chilena es implacable con los empleadores morosos y permite iniciar un Juicio Ejecutivo Laboral. Este procedimiento tiene un único fin: el embargo y remate forzoso de los bienes de la compañía (cuentas bancarias, vehículos, maquinarias) para pagar las indemnizaciones adeudadas. En esta guía te explicamos cómo funciona este letal mecanismo de cobro y los plazos para ejecutarlo.
¿Cómo Inicia el Juicio de Cobranza (Embargo)?
Una vez que la empresa incumple el plazo de pago fijado en la sentencia o finiquito, tu abogado debe presentar una Demanda Ejecutiva en el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. El Tribunal despachará el «Mandamiento de Ejecución y Embargo».
- El Rol del Receptor Judicial: Un ministro de fe acudirá físicamente a la dirección de la empresa para requerir el pago inmediato. Si la empresa no paga en el acto, el Receptor procederá a embargar los bienes que encuentre en el lugar (computadores, maquinaria, muebles) dejándolos en calidad de depositario.
- Retención de Cuentas Bancarias: La táctica más efectiva de los abogados laborales es solicitar la retención de fondos en las cuentas corrientes de la empresa. El Tribunal envía una orden a los bancos, congelando los saldos de la empresa hasta cubrir la deuda total, asfixiando financieramente a la compañía morosa.
- Embargo a Clientes de la Empresa (Retención en manos de terceros): Si la empresa le presta servicios a otra (ej. es subcontratista), el Juez puede ordenar que la empresa mandante no le pague las facturas y, en su lugar, deposite ese dinero en la cuenta del tribunal para pagar al trabajador.
El Remate de los Bienes
Si la empresa sigue sin consignar los fondos, los bienes embargados físicamente son retirados por la fuerza pública (Carabineros) si es necesario, y llevados a una casa de martillo para ser rematados en subasta pública. Con el producto del remate, se pagan las indemnizaciones adeudadas, más los reajustes, intereses y costas judiciales.
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si la empresa vació sus oficinas o traspasó los bienes a otro RUT?
Este es el clásico fraude patronal. Si la empresa traspasa sus bienes de forma simulada para eludir el pago, tu abogado puede interponer una demanda de Multirut (Unidad Económica) para que el nuevo RUT asuma la deuda, y acciones penales por «alzamiento de bienes» (delito de fraude).
Firmé el finiquito con pago en 3 cuotas notariales y la empresa no pagó la segunda. ¿Tengo que demandar de cero?
No. Un finiquito firmado ante notario que reconoce una deuda en cuotas es un Título Ejecutivo perfecto. Tu abogado iniciará directamente el Juicio de Cobranza Laboral para embargar, exigiendo el pago acelerado de la totalidad restante, sin tener que discutir el despido.
¿El trabajador debe pagar al receptor judicial por los embargos?
En los juicios laborales, existe el beneficio de «Privilegio de Pobreza». Sin embargo, los Receptores Privados cobran honorarios por las diligencias. Muchos abogados laborales asumen el costo de estos receptores como inversión, cobrándolo al final cuando se recupera el dinero desde la empresa a través del pago de Costas Judiciales impuestas al empleador.
¿La empresa te engañó con el pago de la sentencia o el finiquito notarial?
No permitas que el empleador se burle de la justicia. Si tienes un fallo a tu favor o un finiquito firmado ante notario y la empresa no ha pagado, nuestro equipo de Ejecución Laboral despachará embargos a las cuentas corrientes y activos de la compañía para forzar el pago. Recupera lo que te pertenece. Escríbenos inmediatamente para iniciar el cobro compulsivo.