Permiso para Cuidar Hijos Menores de 12 Años (Vacaciones de Invierno y Verano)

Permiso para Cuidar Hijos Menores de 12 Años (Vacaciones de Invierno y Verano)

La reciente modernización de la Ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral (Ley 21.645) introdujo derechos revolucionarios para los padres y madres chilenos. Uno de los mayores conflictos para los trabajadores ocurre durante las vacaciones escolares de invierno y verano, cuando los colegios cierran y los hijos quedan sin cuidado. Para solucionar esto, la ley otorgó el Derecho de Preferencia en el Feriado Legal y Modalidades Especiales de Cuidado para trabajadores con hijos menores de 12 años (o menores de 18 si tienen discapacidad). Aquí te explicamos cómo obligar a tu empresa a respetar este derecho vital.

🔑 El Derecho Preferente a las Vacaciones: El artículo 67 del Código del Trabajo establece que los trabajadores que tengan a su cuidado personal a niños o niñas menores de 12 años tienen preferencia legal absoluta para exigir que su propio feriado anual (vacaciones) se programe coincidiendo con el período de vacaciones escolares fijado por el Ministerio de Educación.

¿Qué Derechos de Cuidado Contempla la Ley 21.645?

Esta normativa no solo abarca las vacaciones, sino que entrega un catálogo de protecciones para garantizar que el trabajador pueda cuidar a su hijo sin temor al despido o represalias.

  • Derecho al Teletrabajo: Si la naturaleza de las funciones lo permite, el trabajador con hijos menores de 12 años tiene derecho a exigir una modalidad híbrida o de teletrabajo. La empresa solo puede negarse bajo razones objetivas muy estrictas de operatividad.
  • Modificación Transitoria de Turnos en Vacaciones: Durante las vacaciones escolares, el trabajador puede solicitar la modificación transitoria de sus turnos o la redistribución de su jornada para poder adaptar sus horarios al cuidado del niño. La empresa está obligada a responder por escrito en 15 días, argumentando cualquier negativa con bases comprobables.
  • Preferencia para Programar Feriado Legal: Al solicitar las vacaciones para que coincidan con las de invierno o verano de los hijos, la jefatura no puede anteponer los feriados de otros compañeros sin hijos menores, debiendo darle prioridad total al cuidador.

Cómo Acreditar el Derecho ante el Empleador

La ley exige formalidades simples pero indispensables para que nazca la protección frente a la empresa. Para hacer exigible el derecho de preferencia, el trabajador debe entregar a RRHH:

  1. Certificado de Nacimiento: Que acredite el vínculo de filiación y demuestre que el hijo es menor de 12 años.
  2. Resolución Judicial (Si corresponde): En caso de que el trabajador tenga el cuidado personal del menor por orden judicial (abuelos, tíos o cuidadores legales).
  3. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad: En el caso de hijos menores de 18 años con discapacidad, presentar la credencial respectiva.

Preguntas Frecuentes

Pedí mis vacaciones para julio (vacaciones de invierno) pero el gerente dijo que la empresa tiene «exceso de trabajo». ¿Pueden negármelas?

La ley de Conciliación Familiar exige que el empleador priorice al trabajador. Si bien el feriado requiere acuerdo, la negativa del empleador no puede ser arbitraria. Si la empresa se niega infundadamente violando el derecho preferente, puedes estampar un reclamo directo en la Inspección del Trabajo por infracción al Artículo 67.

¿El padre y la madre tienen derecho a esta preferencia?

Sí. La ley establece que este derecho ampara a ambos padres trabajadores, fomentando la corresponsabilidad parental. Sin embargo, para la modificación de turnos o jornadas, generalmente se evalúa a quien ejerce el cuidado personal principal (si están separados).

¿Qué pasa si mi hijo se enferma gravemente fuera del período de vacaciones?

En ese caso aplica otra normativa: La Licencia por Enfermedad Grave del Niño Menor de un Año, o la Ley SANNA si es una enfermedad gravísima prolongada (como cáncer), la cual permite ausentarse justificadamente con el pago de subsidio. El derecho preferente es para el período ordinario de vacaciones escolares.

¿Tu empresa se niega a respetar tus derechos de cuidado familiar?

Las leyes de conciliación familiar son obligatorias y no opcionales. Si tu empleador te amenaza con el despido por exigir teletrabajo para cuidar a tu hijo menor, o bloquea arbitrariamente tus vacaciones de invierno, está cometiendo una infracción gravísima sancionable. En Laboral Expertos defendemos los derechos parentales y exigimos la protección mediante Tutela Laboral. Consulta tu caso hoy mismo para defender a tu familia.

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