¿Quedaste desempleado? Conoce cómo cobrar y resguardar tu Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía (AFC) protege tus ingresos en periodos de cesantía. Te explicamos los requisitos de cotizaciones para cobrar tu Cuenta Individual y cuándo calificar para el Fondo de Cesantía Solidario.
El Seguro de Cesantía es un derecho de seguridad social consagrado por la Ley N° 19.728, aplicable a todos los trabajadores regidos por el Código del Trabajo en Chile. Los fondos son recaudados y administrados por la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía (AFC Chile) mediante cuentas personales financiadas con aportes del trabajador y del empleador. Ante la pérdida de empleo, este seguro provee pagos mensuales e ingresos de reemplazo, además de coberturas de salud y asignaciones familiares.
Requisitos de Cotización para cobrar tu Cuenta Individual (CIC)
Para retirar los fondos acumulados en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC), debes acreditar la calidad de cesante mediante un finiquito, acta de comparendo o sentencia judicial, y cumplir con la cantidad mínima de cotizaciones:
- → Si tu contrato era indefinido: Debes registrar al menos 10 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas (con uno o más empleadores) registradas en tu cuenta desde tu afiliación o último cobro del seguro.
- → Si tu contrato era a plazo fijo u obra/faena: Debes registrar al menos 5 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Si los ahorros acumulados en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son insuficientes para cubrir los giros mensuales que por ley te corresponden, o si se te agotaron, puedes solicitar el beneficio estatal complementario del Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Los requisitos de acceso son:
- Tener registradas al menos 10 cotizaciones previsionales en el FCS durante los 24 meses anteriores al despido (las 3 últimas cotizaciones deben ser continuas con el mismo empleador).
- Haber sido desvinculado por causales de despido que no dependan de tu voluntad (por ejemplo, Necesidades de la Empresa, Mutuo Acuerdo, Vencimiento del Plazo, Caso Fortuito o despido injustificado decretado por juez). **Quedan excluidas las causales de renuncia voluntaria y despidos disciplinarios graves**.
- Inscribirse activamente en la **Bolsa Nacional de Empleo (BNE)** para acreditar la búsqueda activa de trabajo.
¿Te descontaron el Seguro de Cesantía (AFC) en tu finiquito por Necesidades de la Empresa?
Exigimos judicialmente el reembolso de este descuento que la jurisprudencia califica como indebido al declararse injustificado el despido. Defendemos tus derechos laborales sin costo de consulta.
Preguntas frecuentes sobre el Seguro de Cesantía
¿Qué pasa con mi saldo AFC si renuncio de forma voluntaria?
Tus ahorros acumulados en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC) te pertenecen por ley. Aunque renuncies de forma voluntaria, puedes retirar el 100% de tu saldo de la CIC cumpliendo con la cantidad mínima de cotizaciones exigidas, pero **no tendrás acceso al Fondo de Cesantía Solidario**.
¿Cuánto dura y en cuántas cuotas se paga el seguro?
Con cargo a tu Cuenta Individual (CIC), los retiros se pagan mensualmente hasta agotar el saldo disponible, decreciendo el monto de forma proporcional en cada cuota. Con el Fondo Solidario (FCS), se garantiza un máximo de 5 giros mensuales (pudiendo extenderse a 7 en caso de altas tasas de desempleo declaradas por ley).
Orientación e información previsional. Si fuiste despedido por necesidades de la empresa y quieres recuperar el descuento de AFC, asesórate con Laboral Expertos.