¿Te pueden hacer un despido injustificado estando con Licencia Médica?
Recibir una carta de despido es siempre un momento duro en la vida de cualquier trabajador, pero recibirla mientras te encuentras enfermo, en reposo o recuperándote de una cirugía en tu cama parece derechamente cruel y despiadado. Por fortuna para los trabajadores, la legislación chilena otorga una protección contundente a la salud y a la estabilidad en el empleo durante la enfermedad, estableciendo prohibiciones claras sobre el despido durante la vigencia de una licencia médica. En este artículo profundizamos sobre la validez de este acto y las herramientas legales que posees para combatirlo.
¿Qué pasa legalmente si me envían la carta de Necesidades de la Empresa igual?
Si tu empleador comete el grave error legal de enviarte la carta de despido por el Artículo 161 existiendo una licencia médica activa y presentada, la ley considera que ese acto es nulo y vulneratorio. Ante esto, el trabajador afectado tiene dos caminos legales paralelos o excluyentes, dependiendo de qué prefiera hacer:
- Exigir el Reintegro (Inspección del Trabajo): Si deseas conservar tu puesto de trabajo, puedes reclamar en la Inspección para que ordenen a la empresa que deje sin efecto la carta. La relación laboral seguirá viva, tu contrato se mantiene vigente, y tu institución de salud (Isapre o Fonasa) continuará pagándote el subsidio de incapacidad laboral (S.I.L) normalmente sin interrupciones.
- Demandar el Despido Injustificado y Cobrar Recargos: En la gran mayoría de los casos, la confianza entre jefe y empleado ya está rota y volver a trabajar ahí es insostenible. En este escenario, acudes al tribunal laboral (apoyado por un abogado) para que el juez declare derechamente que el despido, además de abusivo, fue ilegal e injustificado, obligando a la empresa a pagarte tus indemnizaciones por años de servicio completas más el recargo punitivo del 30% establecido en la ley.
¡Atención! Excepciones donde SÍ te pueden despedir existiendo Licencia
Es muy importante hacer una distinción técnica. La protección o «fuero por enfermedad» solo te blinda contra el despido por Necesidades de la Empresa o Desahucio (Art. 161). Existen situaciones y causales donde la ley chilena SÍ permite que el empleador te despida estando con licencia activa:
- Vencimiento del contrato a plazo fijo (Art. 159 N°4): Si tu contrato vencía exactamente el 31 de mayo, y te enfermas gravemente el 25 de mayo (recibiendo licencia de 30 días), el contrato laboral termina irremediablemente el 31 de mayo de todas formas. (Aunque la buena noticia es que la licencia médica sigue siendo pagada por el ente de salud, a pesar de estar cesante).
- Por faltas disciplinarias o graves (Art. 160): Si estando en tu casa con licencia médica, el empleador descubre mediante una auditoría interna que estuviste robando dinero a la empresa durante el último año, te pueden enviar la carta de despido por falta de probidad. La licencia no te protege de tus propios delitos o incumplimientos graves al contrato.
- Término de la Obra o Faena (Art. 159 N°5): Si eres trabajador de la construcción y la obra constructiva a la cual estabas asignado se termina materialmente y se entrega, el contrato concluye por su propia naturaleza, haya o no haya una licencia médica en curso.
- Renuncia o Mutuo Acuerdo: Si tú mismo decides renunciar de forma voluntaria, o firmas un finiquito de mutuo acuerdo mientras gozas de licencia, el contrato termina de forma legal.
El Despido como Vulneración Fundamental (Acción de Tutela Laboral)
Existe un escenario aún más grave. Si puedes demostrar que la empresa te despide no por azar, sino como un «castigo» porque te enfermas demasiado y presentas reiteradas licencias médicas (por estrés, depresión o enfermedades crónicas), ese no es un simple despido injustificado normal; los tribunales lo consideran un Despido Discriminatorio por condición de salud. Esto vulnera tus Derechos Fundamentales. Esto permite a tu abogado interponer una demanda de Acción de Tutela Laboral. Si se comprueba la discriminación, la ley castiga a la empresa a pagarte (además de todos tus años de servicio y el aviso previo) una indemnización punitiva adicional gigantesca que oscila entre 6 y 11 meses de tu último sueldo.
Preguntas Frecuentes Detalladas
El empleador mandó la carta de despido hoy en la mañana, y el médico recién me emitió la licencia médica hoy en la tarde. ¿Me sirve para anular el despido?
Sí, absolutamente. La jurisprudencia (lo que fallan las Cortes permanentemente) establece que la ley no distingue la hora exacta de los actos dentro de un mismo día. Lo importante es que la licencia médica tenga como fecha de inicio el mismo día (o un día anterior) a la fecha en que el despido se hace efectivo. Si la licencia médica médica inicia legalmente el mismo día de la separación de funciones, protege el empleo sin lugar a dudas.
Si termino despedido legalmente por término de contrato a plazo fijo estando con licencia médica… ¿Quién me paga los días de licencia restantes?
Tu sistema de salud (Isapre o Compin/Fonasa). El hecho de estar cesante o desempleado de forma legal no corta en absoluto el pago del subsidio de incapacidad laboral (SIL) que ya venías recibiendo. Seguirás recibiendo los pagos monetarios directamente de tu institución de salud, e incluso podrás seguir tramitando renovaciones de licencias, hasta que tu médico tratante finalmente te dé el alta clínica definitiva.
Me enfermé un día DESPUÉS de que me echaron. Fui al médico el día 2. ¿Sirve la licencia para anular el despido?
Lamentablemente no. Si la fecha de emisión y de inicio del reposo consignada en la licencia médica es posterior (aunque sea por un solo día) a la fecha en que se hizo efectivo el término de tu contrato de trabajo, la licencia no tiene el poder legal de retrotraer o anular un despido que ya se consumó válidamente. Ya no eres trabajador de la empresa para esa fecha médica.
La empresa dice que no sabía que yo tenía licencia, porque aún no la había mandado a RRHH al momento de despacharme la carta. ¿Es válido su despido?
Sigue siendo ilegal y nulo. La protección al trabajador enfermo en Chile opera de pleno derecho desde el momento en que se extiende médicamente la licencia, independiente de si el empleador alcanzó o no a tomar conocimiento material de ella antes de mandar la carta al correo. El trabajador tiene plazo para presentarla y la ignorancia del empleador no convalida un despido ilícito.
Si elijo que me reintegren, ¿Me pagan los días que estuve fuera?
Sí. Si la Dirección del Trabajo ordena dejar sin efecto el despido, para todos los efectos legales tu contrato jamás se interrumpió. Por tanto, tendrás derecho al pago de todas tus remuneraciones íntegras por el periodo de tiempo en que fuiste separado ilegalmente de tus funciones, o en su defecto, al pago de tu licencia médica si los días cubrían ese lapso.
¿Te echaron por Necesidades de la Empresa existiendo Licencia Activa?
Ese despido es completamente ilícito, grosero y arbitrario. Presentamos inmediatamente demandas a tu empresa para anular el acto, o para exigir todos los recargos máximos e indemnizaciones por discriminación y tutela laboral. Hablemos hoy mismo de tu caso y frenemos el abuso.