La violencia física y riñas justifican el despido inmediato del agresor
El Artículo 160 N° 1 letra c sanciona gravemente las «vías de hecho» o agresiones físicas en el trabajo. El empleador puede despedir de forma inmediata y sin derecho a indemnización.
La convivencia sana y libre de violencia es un requisito de seguridad que el empleador debe garantizar en todo lugar de trabajo. Para sancionar de forma inmediata las agresiones físicas y las peleas dentro de la faena o empresa, el legislador chileno contempla en el Artículo 160, N° 1, letra c, del Código del Trabajo la causal de Vías de Hecho. Sin embargo, para su aplicación legítima, el empleador debe acreditar rigurosamente los hechos y diferenciar entre una agresión unilateral y una legítima defensa.
¿Qué se entiende por «Vías de Hecho»?
En términos jurídicos, las vías de hecho constituyen cualquier agresión física, golpes, empujones, riñas o peleas ocurridas en el recinto de la empresa o en horario de trabajo, sea entre compañeros del mismo rango, subordinados hacia jefaturas, o viceversa.
La diferencia clave: Legítima Defensa vs. Agresión Mutua
Los tribunales del trabajo exigen analizar de forma circunstanciada cada riña para evitar despidos injustificados:
- → Agresor Unilateral: El trabajador que inicia la agresión física de forma voluntaria e injustificada es despedido de forma legal y sin indemnizaciones.
- → Legítima Defensa: Si un trabajador es agredido físicamente y solo responde de forma proporcional para resguardar su integridad y detener el ataque (sin haber provocado la riña), **no puede ser despedido bajo esta causal**. Un despido en su contra se considerará injustificado.
¿Te despidieron por vías de hecho tras haber sido víctima de una agresión física en tu trabajo?
Si solo te defendiste de un ataque o no iniciaste la riña, tu despido es injustificado. Te ayudamos a demandar para exigir el pago de tus años de servicio y aviso previo con recargos.
Preguntas frecuentes sobre Vías de Hecho
¿Basta una sola agresión física aislada para justificar el despido?
Sí. A diferencia del acoso laboral que requiere de conductas sistemáticas en el tiempo, las vías de hecho (agresión física) son de tal gravedad que una sola ocurrencia o pelea aislada basta para romper la fe contractual y autorizar el despido inmediato.
¿Qué pruebas se requieren para aplicar la causal?
El empleador debe recopilar medios de prueba contundentes: grabaciones de cámaras de seguridad, testimonios presenciales firmados, partes policiales de Carabineros, o certificados de constatación de lesiones en mutualidades o centros médicos.
Orientación legal general. Si consideras que fuiste despedido de forma arbitraria bajo la causal de vías de hecho, contacta a Laboral Expertos.