Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo en Chile: Cálculo y Derechos

¿Te despidieron de forma inmediata y sin darte 30 días de aviso previo?

Si el empleador te notifica el despido y te pide retirar tus pertenencias el mismo día, está obligado a pagarte un mes de remuneración como indemnización por falta de aviso previo.

La estabilidad laboral en Chile exige que el empleador anticipe el término de la relación laboral cuando se funde en la causal de «Necesidades de la Empresa» (Artículo 161). Sin embargo, la ley faculta al empleador a desvincular al trabajador con efectos inmediatos, siempre que compense la falta de comunicación oportuna mediante el pago de la Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo.

¿Cuándo corresponde la indemnización?

Esta indemnización debe pagarse en el finiquito de manera obligatoria cuando:

  • Se despide invocando Necesidades de la Empresa o **Desahucio** sin haber entregado la carta de aviso con al menos 30 días de anticipación.
  • En caso de Autodespido (despido indirecto) ganado en tribunales, debido a que el incumplimiento del empleador forzó el término inmediato de la relación.

Fórmula de Cálculo y el Tope Legal

La indemnización equivale a **un mes de la última remuneración mensual devengada** por el trabajador. Para este cálculo se aplica la misma base que la indemnización por años de servicio (sueldo base, gratificación mensual, comisiones de los últimos 3 meses, asignaciones habituales de colación y movilización). Sin embargo, está sujeta al tope legal máximo de **90 UF** al último día del mes anterior al despido.

Derecho a retirarse: Si el empleador te entrega la carta de aviso indicando que trabajarás tus últimos 30 días, estás obligado a cumplir tus labores. No obstante, si la carta dice expresamente que quedas liberado de prestar servicios con goce de sueldo, puedes retirarte de inmediato a buscar nuevo empleo.

¿Te despidieron de inmediato y no incluyeron el mes de aviso en tu finiquito?

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Preguntas frecuentes sobre Aviso Previo

¿Me pueden despedir por inasistencia estando con los 30 días de aviso?

Sí. Aunque te hayan notificado que tu contrato terminará en 30 días por necesidades de la empresa, durante ese mes de transición sigues bajo las obligaciones normales del contrato. Si faltas de forma injustificada o cometes indisciplinas graves, el empleador puede despedirte bajo causales del Art. 160, perdiendo tus indemnizaciones.

¿Aplica el aviso previo en contratos por obra o plazo fijo?

No. En los contratos a plazo fijo o por faena, el término de contrato por vencimiento de plazo o fin de la obra no está sujeto a la obligación de los 30 días de anticipación, por lo que no corresponde pagar esta indemnización al término original pactado.

Orientación legal e informativa. Si fuiste despedido y tienes dudas con los montos calculados en tu aviso previo, consulta con Laboral Expertos.