La liquidación de tu antigüedad laboral tras el término del contrato
El despido por Artículo 161 obliga al pago de la indemnización por antigüedad. Conoce los topes de 90 UF, el límite de 11 años y cómo calcular tu base imponible diaria.
El término de la relación laboral en Chile por motivos ajenos al comportamiento del trabajador, como el despido por necesidades de la empresa, exige obligatoriamente compensar la antigüedad acumulada en la empresa. Esta indemnización, regulada en el Código del Trabajo, busca resguardar el patrimonio del trabajador cesante. No obstante, el cálculo de la **indemnización por años de servicio** está sujeto a topes legales estrictos de base de cálculo (remuneración tope en UF) y límites de años acumulados que suelen generar dudas de interpretación. Conoce en profundidad las reglas para calcular tu indemnización, los límites de la ley y qué conceptos del sueldo deben incorporarse en su base.
¿Cómo opera la indemnización por años de servicio en Chile?
De acuerdo con el **Artículo 163** del Código del Trabajo, si el contrato indefinido ha estado vigente por un año o más, y el empleador le pone término aplicando la causal de necesidades de la empresa, se debe pagar una indemnización por años de servicio equivalente a **un mes de remuneración** por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados continuamente a dicho empleador.
Los límites y topes legales establecidos por el Código del Trabajo
El cálculo de la indemnización por antigüedad posee límites máximos de carácter imperativo fijados por el legislador chileno:
- → Tope de años acumulados: El límite máximo de años que se pagan por ley es de **11 años** (11 meses de remuneración). Solo los trabajadores contratados con anterioridad al 14 de agosto de 1981 gozan de indemnizaciones sin límite de años acumulados.
- → Tope imponible de sueldo mensual (90 UF): Para calcular la indemnización, la ley fija un tope mensual máximo a la remuneración imponible que equivale actualmente a **90 UF** reajustable (valor que cambia diariamente).
- → Concepto de ‘última remuneración’: La base de cálculo debe incluir el sueldo base imponible, las comisiones habituales, gratificación mensualizada, y asignaciones de colación y movilización recurrentes de acuerdo con dictámenes de la DT.
Conceptos incluidos y excluidos en la base del cálculo
La Dirección del Trabajo (DT) y los tribunales señalan que la «última remuneración» es comprensiva de toda suma mensual que reciba el trabajador de forma periódica y que tenga carácter imponible o no imponible recurrente. Se incorporan las comisiones de venta promedio y la gratificación mensual. Se excluyen los viáticos esporádicos, asignaciones familiares del Estado, la pérdida de caja razonable y las horas extraordinarias por ser de origen variable y no permanente. Para comparar este cálculo general de topes en UF con otros finiquitos, te recomendamos consultar nuestro artículo sobre cómo calcular tu indemnización por años de servicio en Chile.
El pago fraccionado de la indemnización por meses de aviso
Si la empresa notifica el despido con 30 días de anticipación de forma trabajada, el mes de aviso no se paga como indemnización sustitutiva de aviso previo, pero se computa dentro de la antigüedad del trabajador. Esto puede influir de forma determinante en que la fracción de meses acumulados supere los 6 meses, obligando al pago de un año de servicio adicional en el cálculo final.
¿Tu empleador calcula tu indemnización por antigüedad excluyendo tus comisiones o asignaciones de colación?
Excluir conceptos de la base de cálculo disminuye de forma ilegal tus indemnizaciones. Te asesoramos legalmente y revisamos tu liquidación sin costo inicial para demandar las diferencias de dinero en el finiquito.
Preguntas frecuentes sobre la Indemnización por Años de Servicio
¿Tienen los trabajadores a honorarios derecho a indemnización por antigüedad?
No de forma directa. Los contratos a honorarios no se rigen por el Código del Trabajo. Sin embargo, si se entabla una demanda exigiendo declarar la existencia de una relación laboral encubierta (subordinación), el juez ordenará el pago retroactivo de los años de servicio e indemnizaciones correspondientes.
¿Qué pasa si mi sueldo base mensual supera las 90 UF?
Si el total de tu remuneración imponible mensual es superior a 90 UF (por ejemplo, 120 UF), tu empleador está autorizado por ley a calcular tus indemnizaciones mensuales basándose en el tope legal de 90 UF, a menos que en tu contrato de trabajo se haya pactado de forma expresa calcular los años de servicio sin tope de UF.
¿La indemnización por años de servicio paga impuesto a la renta?
La indemnización por años de servicio de origen legal (hasta el límite de 11 años y tope de 90 UF) está catalogada como un ingreso no constitutivo de renta, por lo que se entrega al trabajador totalmente libre del pago de impuesto global complementario.
¿Qué ocurre si trabajé menos de un año en la empresa?
Si tu antigüedad laboral es inferior a **1 año completo** de servicios continuos, la ley no te otorga el derecho a recibir indemnización por años de servicio. Sin embargo, sí tendrás derecho a percibir el pago de tus vacaciones proporcionales en el finiquito.
¿Se pierden los años de servicio acumulados al cambiar de empresa del mismo Multirut?
No. Si eres transferido a otra empresa filial del mismo grupo económico (Multirut) o si se simula un término de contrato ficticio, la ley chilena protege tu antigüedad en base al principio de continuidad laboral, debiendo computarse todo el período completo de servicios acumulados.
¿Se incluye la gratificación legal mensual en la base del cálculo?
Sí. Si la gratificación legal se paga al trabajador de forma mensualizada (ya sea bajo el Artículo 50 o Artículo 47 del Código del Trabajo), constituye un concepto permanente imponible, por lo que debe ser incorporada en la base de la última remuneración para la indemnización.
Orientación general sobre el cálculo y topes de la indemnización por antigüedad en Chile. Ante dudas o errores en tu finiquito, contacta a Laboral Expertos.