Fuero del Comité Paritario de Higiene y Seguridad (Art. 243 del Código del Trabajo)
En Chile, toda empresa o sucursal que ocupe a más de 25 trabajadores está obligada por la Ley N° 16.744 a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS). Este organismo técnico paritario, compuesto por tres representantes de la empresa y tres representantes electos de los trabajadores, cumple una labor fundamental en la investigación de accidentes laborales y prevención de riesgos. Para resguardar la independencia de los representantes de los trabajadores frente a eventuales presiones patronales, el artículo 243 del Código del Trabajo otorga fuero laboral a uno de los miembros titulares de los trabajadores. Despedir a este representante sin obtener previamente una autorización judicial de desafuero vicia irremediablemente el despido. A continuación detallamos las reglas de fuero, la elección del beneficiario y los procedimientos legales correspondientes.
¿Cómo se Determina Quién Goza del Fuero Paritario?
El fuero regulado en el artículo 243 se otorga conforme a las siguientes reglas legales de prelación:
- Designación o Mayoría: Gozará de fuero el representante titular de los trabajadores que obtenga la más alta mayoría de votos en la elección del Comité Paritario.
- En caso de empate: Se elegirá por sorteo entre los postulantes empatados en la más alta votación.
- Duración del Fuero: El fuero comienza desde la fecha de la elección y se mantiene durante todo el mandato (dos años) y hasta seis meses después de terminado el desempeño de su cargo.
Procedimiento para Despedir a un Miembro del Comité Paritario con Fuero
El empleador no puede poner término al contrato de trabajo del representante amparado por fuero paritario sin la autorización previa del Juez del Trabajo mediante un Juicio de Desafuero (Art. 174). Las causales admisibles para pedir el desafuero son únicamente las del Artículo 159 N° 4 (vencimiento del plazo fijo), N° 5 (conclusión del trabajo o servicio) y las causales de falta grave del Artículo 160. No procede pedir el desafuero por Necesidades de la Empresa (Art. 161).
¿Qué pasa si la empresa despide al miembro con fuero sin hacer el juicio de desafuero?
El despido es totalmente nulo. El trabajador podrá interponer un reclamo ante la Inspección del Trabajo o una demanda de tutela laboral por vulneración de fuero. El tribunal ordenará su reincorporación inmediata más el pago de todas las remuneraciones devengadas durante la separación.
¿Tienen fuero los suplentes del Comité Paritario?
No. La ley es clara en señalar que el fuero aplica únicamente para un miembro titular de los trabajadores. Los miembros suplentes no gozan de fuero laboral legal.
¿Cuántas horas de permiso remunerado tienen los miembros del Comité Paritario?
Los miembros del Comité Paritario tienen derecho a disponer de las horas de trabajo necesarias dentro de la jornada ordinaria para asistir a las reuniones del comité y realizar inspecciones de seguridad, las cuales se consideran como tiempo efectivamente trabajado para todos los efectos legales.
¿Qué requisito debe tener el trabajador para ser electo miembro del Comité Paritario?
Para ser electo representante de los trabajadores se requiere tener más de 18 años de edad, saber leer y escribir, tener una antigüedad mínima de un año en la empresa y haber realizado el curso de prevención de riesgos dictado por la Mutualidad correspondiente.
¿Se mantiene el fuero si la empresa cierra una sucursal o faena?
Si la faena o establecimiento para el cual se constituyó el Comité Paritario termina definitivamente, el fuero del representante se extingue al concluir la faena, lo que debe ser ratificado por el Juez del Trabajo en el juicio de desafuero respectivo.
Asesoría en Constitución y Fueros de Comités Paritarios
La falta de constitución del Comité Paritario expone a la empresa a multas graves de la Dirección del Trabajo y de la Seremi de Salud. En Laboral Expertos asesoramos en el proceso de elección legal de Comités Paritarios y representamos judicialmente a empresas y trabajadores en juicios de desafuero laboral.