Incumplimiento Grave del Contrato (Art 160 N°7): La causal comodín

Incumplimiento Grave del Contrato (Art 160 N°7): La causal comodín

Si un empleador quiere echar a alguien sin pagar indemnizaciones y no sabe qué excusa usar, recurrirá al Artículo 160 N°7: «Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato». Es la causal más utilizada (y más mal utilizada) en Chile. Su generalidad la convierte en un arma de doble filo que, afortunadamente, los tribunales observan con lupa.

🔑 El Secreto está en la palabra «Grave»: No cualquier error justifica perder años de antigüedad. El incumplimiento debe ser de una magnitud tal que haga absolutamente imposible la continuidad de la relación laboral. Las faltas menores se sancionan con amonestaciones, no con el despido.

¿Qué se considera un Incumplimiento GRAVE?

Los tribunales chilenos analizan caso a caso, pero suelen validar esta causal cuando se presentan factores como:

  • Reiteración: El trabajador llega tarde de forma sistemática (ej. 15 veces en un mes) o comete el mismo error constantemente a pesar de haber recibido cartas de amonestación escritas previas.
  • Daño Económico Grande: Un cajero bancario que deja la bóveda abierta durante la noche por negligencia, exponiendo al banco a un asalto millonario.
  • Insubordinación directa: Negarse abierta y desafiantemente a cumplir una orden directa, razonable y legal entregada por el superior jerárquico.
  • Quiebre del secreto profesional: Revelar intencionalmente datos de clientes (como historiales médicos) en contravención del contrato.

El Gran Error de los Empleadores (Por qué pierden los juicios)

Los jueces laborales suelen declarar Injustificados la mayoría de estos despidos porque los empleadores fallan en dos cosas básicas:

1. Obligaciones NO escritas

Para despedir por incumplir el contrato, la obligación debe estar en el contrato o en el Reglamento Interno. Si el contrato dice «Vendedor» y el jefe te despide por «negarte a limpiar los baños (incumplimiento grave)», el tribunal dirá que es ilegal, ya que limpiar baños no era tu obligación contractual.

2. El Perdón Tácito

Si cometes un error grave en Enero, y el jefe te despide en Marzo invocando ese error, la jurisprudencia dice que operó el «Perdón Tácito». El despido disciplinario debe ser inmediato o muy cercano al descubrimiento de la falta (plazo razonable). Dejar pasar meses hace que la causal pierda validez judicial.

Preguntas Frecuentes

Si no llego a las metas de venta, ¿pueden echarme por esta causal?

Por regla general, no. El no alcanzar metas comerciales depende de muchos factores (economía, calidad del producto) y no constituye «incumplimiento grave», salvo que el empleador demuestre que tú directamente dejaste de trabajar, atender clientes o te sentaste a no hacer nada intencionalmente (negligencia inexcusable).

Si gano el juicio por Despido Injustificado, ¿cuánto es el recargo?

Cuando el juez declara injustificado un despido fundamentado en el N°7 (Incumplimiento Grave), la ley ordena aplicar un recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio, además del pago del aviso previo y las vacaciones proporcionales.

¿Te usaron la «causal comodín» para no pagarte tu finiquito?

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