Mutuo Acuerdo de las Partes en Chile: Reglas y Derechos

¿Terminar el contrato por Mutuo Acuerdo? Conoce el impacto legal

El mutuo acuerdo es una de las causales de término de contrato más utilizadas. Descubre qué derechos mantienes y cuáles pierdes al firmarlo.

El término de la relación de trabajo mediante el mutuo acuerdo de las partes está normado en el Artículo 159 N° 1 del Código del Trabajo en Chile. Representa la manifestación de voluntad conjunta del empleador y del trabajador para poner fin al vínculo laboral de forma amistosa. Aunque parece una solución ideal, esta causal tiene implicancias severas en cuanto a indemnizaciones y acceso a beneficios que todo trabajador debe evaluar con cautela.

¿Cómo funciona el mutuo acuerdo de las partes como causal de despido?

El mutuo acuerdo de las partes opera bajo el principio de la autonomía de la voluntad. No se trata de un despido propiamente tal, sino de una convención entre empleador y trabajador. Para su plena validez, debe constar por escrito y ser firmado y ratificado ante un ministro de fe (como un notario público o un inspector del trabajo). Si no se cumple con la formalidad del ministro de fe, el acuerdo carece de valor ante un eventual juicio del trabajo.

Pérdida de la Indemnización por Años de Servicio

Por regla general, si un contrato laboral termina por esta causal, el trabajador **no tiene derecho legal al pago de la indemnización por años de servicio** ni a la indemnización sustitutiva de aviso previo. Únicamente percibirá el pago de las remuneraciones pendientes y el feriado proporcional (vacaciones no tomadas). No obstante, las partes son libres de pactar una indemnización voluntaria o de retiro en el finiquito, lo cual debe quedar debidamente estipulado por escrito.

El acceso al Seguro de Cesantía (AFC)

Un punto muy importante a considerar es el retiro de los fondos del Seguro de Cesantía. Al terminar el contrato por mutuo acuerdo, el trabajador **sí puede retirar los fondos acumulados** en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) administrada por la AFC. Sin embargo, no tendrá derecho a acceder a los giros complementarios financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), los cuales están reservados a causales de despido por necesidades de la empresa o vencimiento de plazos.

¿Tu empresa te está presionando para firmar un mutuo acuerdo bajo la amenaza de despedirte sin derecho a nada?

Firmar bajo coacción o engaño anula el consentimiento. No firmes y contáctanos para demandar despido injustificado u autodespido según corresponda.

Ver Seguro de Cesantía AFC

Preguntas frecuentes sobre Mutuo Acuerdo

¿Tengo derecho a indemnización por años de servicio con esta causal?

No por ley. El Código del Trabajo no obliga al pago de años de servicio bajo esta causal. Solo se pagará si existió un pacto voluntario entre tú y tu empleador.

¿Puedo cobrar el Seguro de Cesantía si firmé mutuo acuerdo?

Sí, puedes retirar los fondos acumulados en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC), pero no podrás recibir financiamiento del Fondo Solidario.

¿Me pueden obligar a firmar un mutuo acuerdo?

Absolutamente no. Debe ser voluntario. Si te obligan o amenazan con no pagarte el sueldo, puedes acudir a la Inspección del Trabajo a denunciar coacción.

¿Tiene validez un mutuo acuerdo si no está ratificado ante un ministro de fe?

No. La ley exige que sea firmado ante notario, inspector del trabajo o presidente del sindicato. Si no cuenta con esta formalidad, el documento es nulo y la relación laboral se considera vigente.

¿Se puede demandar después de firmar un mutuo acuerdo?

Es extremadamente difícil, salvo que demuestres en tribunales que tu consentimiento estuvo viciado por error, fuerza o dolo del empleador, o que redactaras una reserva de derechos al firmar el finiquito.

¿Qué pasa con las vacaciones proporcionales en esta causal?

El feriado proporcional o vacaciones proporcionales es un derecho adquirido irrenunciable. Debe pagarse siempre, sin importar la causal de término del contrato laboral.

Orientación general sobre término de contrato por mutuo acuerdo en Chile. Consulta a Laboral Expertos si consideras que tu desvinculación fue forzada.