Accidente de Trayecto en Chile: Cómo Probarlo ante la Mutual

La acreditación legal de las lesiones ocurridas en el desplazamiento diario

El accidente de trayecto protege los viajes directos entre tu hogar y el trabajo. Conoce las pruebas indispensables para que la mutual lo apruebe.

La protección de la Ley 16.744 sobre seguro contra riesgos de accidentes del trabajo no se limita al espacio físico de la empresa o a las horas efectivas de la jornada laboral. La legislación chilena extiende esta cobertura a los desplazamientos que realiza el dependiente hacia sus labores. Un **accidente de trayecto** es aquel que ocurre en el viaje directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo. Sin embargo, a diferencia de los accidentes ocurridos dentro de las dependencias del empleador (donde existen registros de faena y jefaturas directas que presencian el hecho), el siniestro de trayecto se produce en la vía pública o transporte público. Por ello, la mutualidad de seguridad exige al trabajador aportar medios de prueba contundentes para calificar el origen del hecho como laboral y no común. Conoce los detalles de esta prueba.

Los medios de prueba fundamentales aceptados por la ley

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha establecido jurisprudencialmente qué tipos de pruebas son idóneas para acreditar que el accidente ocurrió en el trayecto directo y habitual. Las principales pruebas que debes recolectar son:

  • El parte policial de Carabineros: Si hubo un choque automovilístico, atropello o incidente en la vía pública, la constancia o parte de Carabineros es la prueba reina. Debes solicitar de inmediato que se registre que te dirigías al trabajo o regresabas a tu hogar.
  • Declaración de testigos presenciales: Testimonios escritos y firmados de personas que presenciaron tu caída en la calle o el accidente en el transporte colectivo, acompañando copia de su cédula de identidad.
  • Registros electrónicos y de transporte: Comprobantes de pago de pasajes con la tarjeta BIP (revisando la hora del cobro), boletas de aplicaciones de transporte (Uber, Cabify, Didi) que detallen el mapa de viaje directo, o registros de GPS de tu teléfono móvil.
  • Atención de urgencia inmediata: El comprobante de atención médica en el servicio de urgencia público o privado al que acudiste inmediatamente después del accidente. El historial clínico debe dejar constancia de que la lesión se produjo durante el desplazamiento laboral.

El requisito indispensable del «trayecto directo y no interrumpido»

Para que la mutualidad acepte calificar el siniestro como un **accidente de trayecto**, el recorrido realizado por el trabajador debe ser racional, directo y sin interrupciones por motivos personales. Si desvías tu ruta habitual para realizar compras en el supermercado, ir al gimnasio, visitar a un familiar o realizar trámites bancarios particulares, el trayecto se considera interrumpido por fines personales. En tal caso, cualquier caída, choque o lesión posterior será catalogada de inmediato como accidente común, quedando fuera de la cobertura de la Ley 16.744 y debiendo ser tramitada a través de tu previsión de salud común (Fonasa o Isapre). Para profundizar en el marco de protección del seguro previsional, te sugerimos consultar nuestro artículo sobre el seguro de accidentes del trabajo en Chile.

¿Qué pasa si no tengo testigos ni parte policial?

La jurisprudencia administrativa de la SUSESO es clara en señalar que la falta de testigos presenciales o de un parte de Carabineros no es motivo suficiente para rechazar un accidente de trayecto de plano. En estos casos, la declaración circunstanciada, coherente y precisa del propio trabajador accidentado, acompañada de indicios físicos claros (la lesión misma, ropa dañada, coherencia horaria entre la salida del hogar y el ingreso a la empresa) constituye una presunción judicial que la mutualidad debe valorar.

¿La Mutual de Seguridad rechazó tu accidente de trayecto acusando falta de pruebas o desvío de ruta?

Tienes un plazo legal de 90 días hábiles para apelar ante la SUSESO y exigir que se califique tu accidente como laboral. Preparamos y tramitamos tu recurso de apelación con alto éxito. ¡Consúltanos!

Consultar por WhatsApp Gratis

Preguntas frecuentes sobre accidentes de trayecto

¿El trayecto se calcula desde la puerta del condominio o desde mi cama?

La «habitación» del trabajador comprende todo el recinto interior de su vivienda. Por lo tanto, si sufres una caída en la escalera interna de tu edificio o en el patio común del condominio residencial, el trayecto ya se inició y constituye accidente de trayecto. No cubre si te accidentas dentro de tu departamento.

¿Qué pasa si me accidento yendo desde el trabajo hacia la casa de mi pareja?

La ley protege el trayecto hacia tu «habitación habitual». Si de forma excepcional o recurrente pernoctas en el domicilio de tu pareja, este puede ser considerado tu habitación para efectos legales, debiendo acreditar ante la mutual que ese era tu destino final y habitual de descanso.

¿Se considera accidente de trayecto si viajo entre dos trabajos distintos?

Sí. El viaje directo entre el lugar de trabajo de un empleador y el de otro empleador distinto está plenamente cubierto por la ley. En este caso, la responsabilidad del seguro corresponde a la mutualidad del empleador hacia cuyo lugar de trabajo se dirigía el accidentado.

¿Cuánto tiempo tengo para acudir al médico tras el accidente de trayecto?

Debes acudir a la mutualidad de seguridad o servicio de urgencias de forma **inmediata** o a más tardar el mismo día del accidente. Demorar la atención médica 24 o 48 horas sin justificación grave es la causa principal de rechazo por parte de las mutualidades.

¿La mutual debe pagarme el sueldo de los días que falte por accidente de trayecto?

Sí. Si el accidente es calificado como laboral de trayecto, la mutualidad emitirá las licencias médicas correspondientes y pagará el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) que cubre el 100% de tu sueldo líquido imponible, sin los 3 días de carencia que aplican en Fonasa.

¿El empleador puede oponerse a calificar el hecho como accidente de trayecto?

El empleador puede aportar antecedentes, pero la facultad exclusiva de calificar técnicamente el accidente corresponde a la mutualidad de seguridad. Si el empleador se opone o ejerce presiones, no tiene validez legal ante la decisión de los comités médicos de la mutual o la SUSESO.

Orientación general sobre seguros de accidentes laborales de trayecto en Chile. Ante problemas con tu mutual por accidentes viales, contáctanos en Laboral Expertos.