Enfermedad Profesional en Chile: Demandas de Indemnización

¿Tu trabajo te enfermó? Conoce tus derechos legales en Chile

Una enfermedad profesional nace de forma directa del ejercicio del trabajo. Si tu empleador no implementó medidas preventivas eficaces, puedes demandar indemnizaciones por daños.

De acuerdo a la Ley N° 16.744 en Chile, una enfermedad profesional es aquella causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. El empleador es legalmente responsable de proveer un entorno seguro y, ante cualquier negligencia, el trabajador puede interponer demandas civiles de reparación.

El deber de protección y prevención de la Empresa

El Artículo 184 del Código del Trabajo establece que la empresa debe tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la salud de los trabajadores. Si las labores de oficina provocaron tendinitis crónicas por falta de ergonomía, o la exposición a químicos sin mascarillas provocó asma laboral, **el empleador ha cometido una infracción contractual** y debe indemnizar los perjuicios causados.

Prestaciones y Demandas Complementarias

Las contingencias de enfermedad profesional otorgan los siguientes derechos:

  • Atención Médica en la Mutual: Todos los tratamientos, cirugías, medicamentos y rehabilitación física son provistos sin costo alguno por la mutualidad (ACHS, Mutual, IST, ISL).
  • Demanda Civil por Perjuicios: Si la incapacidad es permanente, el trabajador puede interponer una demanda civil para exigir indemnización por **Daño Moral** (sufrimiento físico e impacto psicológico) y **Lucro Cesante** (pérdida de ingresos futuros).

¿Sufres de una secuela permanente diagnosticada como enfermedad profesional por la mutual y tu empresa te despidió?

La empresa debe indemnizar tu pérdida de capacidad laboral. Te ayudamos a interponer las demandas correspondientes ante el tribunal del trabajo y exigir la indemnización por daño moral.

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Preguntas frecuentes sobre Enfermedad Profesional

¿Quién califica si una enfermedad es de origen laboral?

La mutualidad administradora realiza la evaluación inicial mediante comités médicos. Si el diagnóstico es rechazado y calificado como enfermedad común, el trabajador puede apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) para que declare el origen laboral.

¿Me pueden despedir estando con licencia por enfermedad profesional?

No. De acuerdo al Artículo 161 del Código del Trabajo, el empleador tiene prohibido notificar despidos por necesidades de la empresa mientras el trabajador se encuentre haciendo uso de licencia médica autorizada, protegiendo su estabilidad laboral.

Orientación general sobre derecho a la seguridad social en el trabajo en Chile. Ante problemas de cobertura médica, contacta a Laboral Expertos.