Feriados Irrenunciables en el Comercio: Multas por obligar a trabajar
Ciertas fechas en Chile son intocables para el mundo comercial. Abrir las puertas de una tienda retail o supermercado obligando al personal dependiente a laborar un Feriado Obligatorio e Irrenunciable es, probablemente, el acto fiscalizado con mayor celeridad (y cobertura de prensa) por el Ministerio del Trabajo, culminando en la clausura inmediata del local y multas paralizantes.
¿Quiénes SÍ pueden trabajar estos días? (Excepciones legales)
La ley exceptúa a ciertos rubros que por su naturaleza otorgan entretenimiento o necesidades básicas a la población durante feriados:
- Trabajadores de clubes, restaurantes y establecimientos de entretenimiento (Cines, discotecas, pubs).
- Bombas de bencina (Expendios de combustibles) y farmacias de urgencia (o de turno).
- Personal de hoteles y locales comerciales en aeródromos/aeropuertos civiles públicos.
- Negocios Familiares: Un minimarket de barrio SÍ puede abrir, pero SOLAMENTE si es atendido de forma directa por su propio dueño/familia, sin obligar a ningún empleado dependiente (con contrato) a asistir.
El trabajador del restaurante me dijo que quería trabajar el 1 de mayo y ganar horas extras. ¿Está bien?
Sí, para los restaurantes sí. Sin embargo, considere la reforma reciente: Los trabajadores exceptuados (de restaurantes, cines, etc.) que trabajen en estas fechas, tienen derecho a que se les otorgue descanso en el mismo feriado, año por medio (es decir, no pueden obligarlos a trabajar el 1 de mayo todos los años en la misma empresa).
Evite clausuras a su establecimiento por desconocimiento
Desconocer si el giro y patente de su Pyme califica dentro de las excepciones legales de la Inspección del Trabajo puede derivar en multas de hasta 60 UTM por cada trabajador sorprendido en el recinto. En Laboral Expertos auditamos su matriz operacional, capacitamos a sus jefaturas de sucursales sobre aperturas y cierres perimetrales y blindamos su relación con la DT. Opere sus locales bajo total seguridad jurídica.