Ley de Silla: Obligación del empleador en el comercio (Art 193)

Ley de Silla: Obligación del empleador en el comercio (Art 193)

Parece una norma del siglo XIX, y lo es (promulgada en 1914), pero la «Ley de la Silla» sigue plenamente vigente y es una de las fiscalizaciones más habituales de la Inspección del Trabajo en supermercados, tiendas retail, farmacias y comercio minorista. La concepción errónea de algunas jefaturas de que «el vendedor sentado atiende mal» vulnera directamente la salud ocupacional del trabajador y es castigada con multas directas a beneficio fiscal.

🔑 Obligación Legal (Art. 193): El empleador mantendrá el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los dependientes o trabajadores de todo establecimiento comercial, tiendas u otros análogos.

¿Cómo se cumple con la Ley de Silla?

No basta con «tener una silla en la trastienda». La ley exige que el asiento esté a disposición inmediata del trabajador para ser utilizado en los momentos en que sus funciones no requieran que esté de pie (ej: cuando no hay clientes en el local). Si el inspector constata que los cajeros o vendedores deben estar de pie todo el turno porque «gerencia mandó a sacar las sillas del salón de ventas», cursará multas inmediatas.

  • Esta obligación aplica con la misma severidad a los trabajadores de empresas industriales, salvo que por la naturaleza de las maquinarias sea peligroso tener asientos (ej: cadenas de montaje rápido).
El Reglamento Interno prohíbe sentarse en el pasillo de la tienda. ¿Es válido?

Ese inciso del reglamento es absolutamente NULO y expone a la empresa a multas por infracción a normas de higiene y seguridad, además del riesgo de que la Mutualidad respectiva suba la prima por generar várices y patologías lumbares a sus empleados.

Proteja la salud de su equipo y el prestigio de su comercio

Las normas de ergonomía y descanso en la jornada laboral, aunque parezcan básicas, son el foco número uno de las fiscalizaciones sorpresivas de la Seremi de Salud y la DT en centros comerciales y bodegas. En Laboral Expertos auditamos el cumplimiento en terreno de las normativas de salud ocupacional de su Pyme (Sillas, Carga Máxima, Baños) asegurando cero multas. Contacte a nuestros auditores preventivos.

Auditoría de Prevención y Normativa (DT)