Accidente en la Construcción por Caída de Altura o Falta de EPP: Demanda Civil Millonaria a la Constructora
El sector de la construcción inmobiliaria y de obras civiles en Chile ostenta las tasas más alarmantes de siniestralidad laboral grave y fatal del país. La causa número uno de amputaciones, traumatismos encéfalo craneanos (TEC) severos, daño medular con paraplejia y fallecimientos son las **caídas de altura desde andamios mal anclados, techumbres sin mallas de seguridad, vanos o cajas de ascensor desprotegidas y fosos sin señalización**, sumado a la falta o entrega deficiente de Equipos de Protección Personal (EPP) certificados (arneses vencidos o líneas de vida inexistentes). Tras el siniestro, las constructoras e inmobiliarias intentan culpar al maestro o jornalero alegando ‘negligencia inexcusable del trabajador’. En la jurisprudencia unificada de los Tribunales de Justicia, **el deber de seguridad de la constructora e inmobiliaria dueña de la obra es indelegable (Art. 183-E y DS N° 76)**: la empresa debe garantizar condiciones físicas que impidan el error humano. En esta guía te explicamos cómo demandar a la constructora e inmobiliaria por indemnizaciones de **$40.000.000 a más de $180.000.000 de pesos**.
Infracciones Flagrantes de Seguridad en la Construcción
Los jueces laborales condenan a pagar indemnizaciones millonarias frente a las siguientes omisiones patronales comprobadas:
- Trabajos sobre 1,80 Metros Sin Líneas de Vida: Ausencia de cuerdas de vida de acero certificadas o puntos de anclaje estructurales en losas y techumbres.
- Andamios Hechizos o Sin Barandas Reglamentarias: Estructuras tubulares armadas con tablones sueltos o sin rodapiés que provocan pérdidas de equilibrio.
- Vanos de Ascensor y Pozos de Luz Abiertos: Huecos en losas sin tapas rígidas atornilladas ni mallas de contención anticaídas.
- Falta de Supervisión y Charlas de 5 Minutos: Exigir el avance rápido de la obra saltándose los protocolos preventivos de seguridad.
¿Cómo se Cuantifican las Indemnizaciones en la Construcción?
Al entablar la demanda laboral y civil contra la constructora, se solicita:
- Indemnización por Daño Moral del Maestro o Jornalero: Entre $40.000.000 y $120.000.000 de pesos por la pérdida de movilidad, dolores crónicos y menoscabo funcional.
- Lucro Cesante Calculado hasta la Jubilación: Pago acumulado de todos los ingresos que el obrero dejará de percibir de por vida.
- Daño Moral de Familiares: Sumas independientes para la cónyuge e hijos por el shock emocional de la tragedia.
¿Qué pasa si la empresa contratista menor desaparece o se declara insolvente?
Demandamos directamente a la **Constructora General y a la Inmobiliaria matriz**. En virtud de la Ley de Subcontratación, la inmobiliaria responde con las cuentas corrientes del proyecto y los departamentos de la obra.
¿Afecta mi demanda si el finiquito de obra ya fue firmado?
No. Las acciones civiles de indemnización por daños a la integridad física (Art. 69 Ley 16.744) son irrenunciables y no se extinguen por la firma de finiquitos laborales ordinarios por fin de obra.
¿Qué plazo tengo para demandar a la constructora?
Dispones de **cinco años** contados desde el día de la caída o accidente en la faena.
¿Qué documentos debo guardar para el juicio?
La DIAT emitida ante la Mutualidad, copia de las fichas clínicas de hospitalización o cirugías, fotos del lugar de la caída y el nombre de la constructora e inmobiliaria.
¿Cobran por adelantado en demandas contra constructoras?
No. En Laboral Expertos trabajamos 100% a resultado: financiamos los peritajes y cobramos sólo un porcentaje sobre los fondos que la constructora o aseguradora pague.
¿Caíste de Altura o te Accidentaste en una Obra de Construcción?
Las constructoras deben responder con indemnizaciones justas y millonarias por su negligencia. En Laboral Expertos demandamos a la constructora e inmobiliaria a resultado en todo Chile. Escríbenos por WhatsApp ahora.