Metas de Medicamentos en Farmacias (Canela) y Despido Injustificado

Metas de Venta de Medicamentos en Farmacias (La ‘Canela’) y Despido Injustificado en Chile

La promulgación de la Ley de Fármacos (Ley N° 20.724 que modificó el Código Sanitario) prohibió terminantemente en Chile cualquier incentivo económico, comisión variable o premio monetario otorgado a auxiliares de farmacia y dependientes por inducir o favorecer la venta de determinados medicamentos de marca o laboratorios específicos sobre otros (**práctica históricamente conocida como ‘la canela’**). La ley busca salvaguardar la salud pública y el bolsillo de los pacientes garantizando una dispensación médica ética e informada. No obstante, las grandes cadenas de farmacias en Chile (como Cruz Verde, Farmacias Ahumada y Salcobrand) han eludido esta prohibición legal mediante sofisticados subterfugios: sustituyeron la ‘canela directa’ por **’metas de venta de marcas propias’, venta forzada de suplementos vitamínicos, dermocosmética y metas globales de local**, condicionando las comisiones mensuales y amenazando a químicos farmacéuticos y auxiliares con cartas de amonestación y despidos si no cumplen dichas cuotas abusivas. Cuando el trabajador prioriza la ética profesional o la prescripción médica original del paciente negándose a engañar al consumidor, la cadena farmacéutica lo despide invocando el artículo 160 N° 7 (Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato) o el artículo 161 (Necesidades de la empresa). **Este despido es completamente ilícito y nulo**. En esta guía te explicamos cómo demandar el despido injustificado y cobrar el **recargo legal del 80% sobre tus años de servicio más tutela laboral a resultado**.

🔑 Prohibición del Art. 100 del Código Sanitario: Se prohíbe todo incentivo económico que induzca a privilegiar el expendio de determinados productos farmacéuticos. Las metas encubiertas de las cadenas de farmacias son contrarias al orden público y ninguna instrucción patronal ilícita obliga al trabajador.

¿Por Qué es Injustificado el Despido por No Cumplir Metas Farmacéuticas?

En los tribunales laborales de Chile la defensa de los trabajadores de farmacias se funda en principios jurídicos sólidos:

  • Ilicitud de la Orden Patronal: El dependiente no puede ser obligado a cometer infracciones sanitarias. Negarse a inducir la compra de marcas propias no constituye desobediencia ni incumplimiento de contrato.
  • Autonomía Técnica del Químico Farmacéutico: El Código Sanitario reconoce al Químico Farmacéutico como director técnico y profesional de la salud. Las presiones comerciales de la gerencia de ventas vulneran su deber legal de dispensación ética.
  • Metas Inalcanzables y Arbitrarias: Fijar cuotas de venta que dependen de la afluencia de público y del flujo de recetas médicas ajenas a la voluntad del trabajador no puede justificar un despido disciplinario bajo el artículo 160 N° 7.
  • Acoso Laboral y Ley Karin: El hostigamiento continuo mediante rankings de venta públicos, humillaciones en grupos de WhatsApp de sucursal y amenazas de traslado a locales alejados configura vulneración de derechos fundamentales (Art. 485 del Código del Trabajo).

¿Qué Indemnizaciones Ordena Pagar el Tribunal Laboral?

Al demandar a la cadena de farmacias ante los Juzgados de Letras del Trabajo se exige:

  1. Indemnización por Años de Servicio con Recargo del 80%: Al declararse indebida la causal disciplinaria del artículo 160 N° 7.
  2. Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo: 1 mes de sueldo íntegro.
  3. Diferencias de Remuneración y Comisiones de los Últimos 2 Años: Liquidación de todas las comisiones retenidas o descontadas ilegítimamente por supuestos desvíos de metas.
  4. Tutela Laboral por Vulneración de Derechos Fundamentales: Indemnización punitiva adicional de **6 a 11 meses de remuneración** por afectación de la honra, libertad de trabajo e integridad psíquica.

Preguntas Frecuentes de Trabajadores de Farmacias

¿Qué debo hacer si me entregan la carta de despido en el local?

Firma únicamente la copia de recepción con fecha y hora. Jamás escribas ‘conforme’. Contáctanos de inmediato para preparar la reserva de derechos de cara al finiquito o demandar directamente.

¿Pueden despedirme sin pagar años de servicio por no vender suficientes marcas propias?

No. Las cadenas intentan aplicar el Art. 160 N° 7 para no pagar indemnizaciones, pero en los tribunales laborales pierden prácticamente el 100% de estos juicios, siendo condenadas a pagar todos los años de servicio con el 80% de recargo punitivo.

¿Cuánto cobra Laboral Expertos?

Trabajamos 100% a resultado: sólo cobramos un porcentaje acordado al momento en que la cadena de farmacias paga la sentencia judicial o acuerdo favorable.

¿Trabajas en farmacia y te despidieron o acosaron por metas de venta?

Protegemos tus derechos laborales y tu ética profesional. Demandamos a las grandes cadenas farmacéuticas a resultado.

Hablar con un Abogado Especialista por WhatsApp

LlamarWhatsApp