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Región de Arica y Parinacota · Atención remota y en audiencias

Abogado laboral en Arica, del lado del trabajador.

En Arica las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Arica. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Arica

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Arica.

Tribunal de su causaJuzgado del Trabajo de Arica

Blanco Encalada 945, Arica

Plazos y montos

Lo que fija la ley, en una tabla.

Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de Arica.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Casos que llevamos en Arica

Los casos que más vemos en Arica.

En Arica y el resto de la provincia de Arica atendemos todo tipo de conflictos laborales; muchos vienen de puerto, pesca y faenas marítimas y de comercio y servicios.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no puede acreditar, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar las indemnizaciones con recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Protege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Turnos y accidentes

Puerto, pesca y faenas marítimas

Turnos extensos, trabajo eventual y accidentes en muelle o a bordo. Los turnos impagos y las horas extraordinarias también se reclaman en el finiquito.

Guía de trabajadores portuarios
Domingos y festivos

Comercio y servicios

Supermercados, tiendas y servicios: domingos y festivos trabajados sin compensación, comisiones impagas y despidos por «necesidades de la empresa» sin respaldo.

Domingos y festivos en el comercio

Si lo despidieron en Arica

Cinco pasos. El segundo es el que más casos salva.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Anote la fecha del despido

    Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Presente la demanda en el Juzgado del Trabajo de Arica

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Arica.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras del Trabajo de Arica.

En Arica las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, en Blanco Encalada 945, Arica: un juzgado especializado del trabajo con competencia sobre las comunas de las provincias de Arica y Parinacota: Arica, Camarones, Putre y General Lagos (artículo 415 del Código del Trabajo). Atendemos a trabajadores de Arica por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Arica.

  • Juzgado de Letras del Trabajo de AricaBlanco Encalada 945, Arica
  • Comunas de su competenciaLas comunas de las provincias de Arica y Parinacota: Arica, Camarones, Putre y General Lagos (art. 415 del Código del Trabajo)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Arica
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Toda la Región de Arica y Parinacota.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado del Trabajo de Arica)

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Arica.

¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Arica?

Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.

¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Arica?

El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, en Blanco Encalada 945, Arica. Es el juzgado especializado del trabajo de la zona y conoce las causas de las comunas de las provincias de Arica y Parinacota: Arica, Camarones, Putre y General Lagos (artículo 415 del Código del Trabajo). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Arica. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

Trabajo en el comercio, ¿me deben compensar los domingos trabajados?

Sí. Quienes trabajan en domingo o festivo tienen derecho a días de descanso compensatorio, y en el comercio, en general, al menos dos de los días de descanso de cada mes deben ser domingo (artículo 38 del Código del Trabajo). Si no se respetaron, se puede reclamar.

¿Qué es la Ley Bustos y cómo me beneficia?

Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).

Mi empleador no me paga el sueldo a tiempo, ¿puedo irme y cobrar indemnización?

Sí, pero no renunciando: haciendo un autodespido. Cuando el empleador incumple gravemente el contrato, por ejemplo al no pagar sueldos o cotizaciones, usted puede ponerle término con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido con recargo (artículo 171 del Código del Trabajo). Si renuncia, pierde ese derecho.

Trabajo en el puerto o en pesca, ¿qué puedo reclamar?

Los turnos y horas extraordinarias impagas, las cotizaciones del período trabajado y, si sufrió un accidente en el muelle o a bordo por falta de medidas de seguridad, el daño moral y el lucro cesante. Si trabaja para una contratista, se demanda también a la empresa principal.

No tengo todos mis papeles, ¿igual puedo demandar?

Sí. Con la carta de despido y algunas liquidaciones se puede empezar. El certificado de cotizaciones se obtiene en línea en su AFP, y los documentos que tenga el empleador, como contratos o registros de asistencia, se le pueden pedir al tribunal para que los exhiba en el juicio.

¿Me pueden obligar a firmar la renuncia?

No. La renuncia debe ser voluntaria y, para valer, tiene que ratificarse ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o firmarse en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si lo presionaron para renunciar, puede pedir al tribunal que la deje sin efecto y cobrar las indemnizaciones de un despido.

Trabajé más horas de las pactadas, ¿me las tienen que pagar?

Sí, como horas extraordinarias, con un recargo de al menos 50% (artículo 32 del Código del Trabajo). Sirven de prueba el registro de asistencia, los turnos, los correos y los mensajes. Ojo con el plazo: el cobro prescribe a los seis meses desde que debieron pagarse.

¿Atienden a trabajadores de Arica a distancia?

Sí. No tenemos oficina en Arica: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

No firme su finiquito antes de que un abogado lo revise.

El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.

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