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Región de O'Higgins · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en Navidad, con honorarios a resultado.

Defendemos a trabajadores de Navidad en despidos, autodespidos, tutela laboral y accidentes del trabajo. Sus juicios se tramitan ante el Juzgado de Letras y Garantía de Litueche. La primera evaluación no tiene costo y cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

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Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Rancagua

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Navidad.

Tribunal de su causaJuzgado de Litueche

Obispo Larraín 745, Litueche

Plazos y montos

Plazos y montos que fija la ley.

Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de Navidad.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Áreas de práctica en Navidad

Casos laborales frecuentes en Navidad.

Además de despidos y tutela, en Navidad llevamos muchos casos de turismo y trabajo de temporada y de agricultura y trabajo de temporada.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no puede acreditar, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar las indemnizaciones con recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Contratos de temporada

Turismo y trabajo de temporada

Hoteles, cabañas, restaurantes y servicios turísticos: contratos por temporada que se renuevan sin control, jornadas sin pago de horas extra y propinas retenidas.

Guía de gastronomía y hotelería
Temporeros y predios

Agricultura y trabajo de temporada

Temporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.

Guía de temporeros agrícolas

Paso a paso en Navidad

Cinco pasos. El segundo es el que más casos salva.

  1. Revise la carta de despido

    Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Reúna la prueba

    Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de Litueche

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Rancagua.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras y Garantía de Litueche.

En Navidad no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras y Garantía de Litueche, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Obispo Larraín 745, Litueche, que atiende Litueche, Navidad y La Estrella (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 33 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Navidad por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Navidad.

  • Juzgado de Letras y Garantía de LituecheObispo Larraín 745, Litueche
  • Comunas de su competenciaLitueche, Navidad y La Estrella (art. 422 del Código del Trabajo y art. 33 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Rancagua
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Otras comunas de la Región de O'Higgins.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado de Litueche)

Provincia de Cachapoal

Provincia de Colchagua

Provincia Cardenal Caro

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Juicios laborales en Navidad.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Navidad?

Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.

¿Qué tribunal ve las causas laborales de Navidad?

El Juzgado de Letras y Garantía de Litueche, en Obispo Larraín 745, Litueche. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Litueche, Navidad y La Estrella (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 33 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Rancagua. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Navidad?

Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).

Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?

Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.

¿Qué es el autodespido y cuándo procede?

Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.

¿Tengo que ir al tribunal?

Solo si lo citan a declarar o el caso lo requiere. El resto lo hacemos nosotros: preparamos la demanda, asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras y Garantía de Litueche y le informamos de cada paso por WhatsApp.

Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?

Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.

Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?

No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.

¿Puedo reclamar horas extraordinarias impagas?

Sí. Se pagan con un recargo de al menos 50% sobre el sueldo convenido, y se deben también las que el empleador exigió o conocía aunque no hubiera pacto escrito (artículo 32 del Código del Trabajo). El derecho a cobrarlas prescribe en seis meses desde que debieron pagarse.

¿Atienden a trabajadores de Navidad a distancia?

Sí. No tenemos oficina en Navidad: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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