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Región de O'Higgins · Honorarios solo si hay resultado

Abogado laboral en Santa Cruz, sin costo inicial.

Representamos a trabajadores de Santa Cruz ante el Juzgado de Letras de Santa Cruz, que conoce las causas laborales de Santa Cruz, Chépica y Lolol. Tiene 60 días hábiles para demandar un despido. Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

Sus datos son confidenciales. Política de privacidad.

Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Rancagua

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Santa Cruz.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Santa Cruz

Diego Portales 546, Santa Cruz

Plazos y montos

Lo que fija la ley, en una tabla.

Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de Santa Cruz.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Qué defendemos en Santa Cruz

Qué reclaman los trabajadores de Santa Cruz.

En Santa Cruz y el resto de la provincia de Colchagua atendemos todo tipo de conflictos laborales; muchos vienen de viñas, vendimia y bodegas y de turismo y trabajo de temporada.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Protege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

Además de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).

Guía de accidentes del trabajo
Contratos de temporada

Viñas, vendimia y bodegas

Viñas, bodegas y vendimia: contratos de temporada que se repiten cada año, jornadas extendidas en cosecha y trabajo con maquinaria y plaguicidas.

Derechos de los temporeros
Contratos de temporada

Turismo y trabajo de temporada

Hoteles, cabañas, restaurantes y servicios turísticos: contratos por temporada que se renuevan sin control, jornadas sin pago de horas extra y propinas retenidas.

Guía de gastronomía y hotelería

Si lo despidieron en Santa Cruz

Lo que conviene hacer después de un despido.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Anote la fecha del despido

    Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de Letras de Santa Cruz

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Rancagua.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Santa Cruz.

En Santa Cruz no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Santa Cruz, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Diego Portales 546, Santa Cruz, que atiende Santa Cruz, Chépica y Lolol (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 33 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Santa Cruz por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Santa Cruz.

  • Juzgado de Letras de Santa CruzDiego Portales 546, Santa Cruz
  • Comunas de su competenciaSanta Cruz, Chépica y Lolol (art. 422 del Código del Trabajo y art. 33 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Rancagua
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Atendemos en toda la Región de O'Higgins.

Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Santa Cruz)

Provincia de Cachapoal

Provincia de Colchagua

Provincia Cardenal Caro

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Santa Cruz.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Santa Cruz?

Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.

¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Santa Cruz?

El Juzgado de Letras de Santa Cruz, en Diego Portales 546, Santa Cruz. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Santa Cruz, Chépica y Lolol (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 33 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Rancagua. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Qué es el autodespido y cuándo procede?

Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.

Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?

Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.

Trabajé más horas de las pactadas, ¿me las tienen que pagar?

Sí, como horas extraordinarias, con un recargo de al menos 50% (artículo 32 del Código del Trabajo). Sirven de prueba el registro de asistencia, los turnos, los correos y los mensajes. Ojo con el plazo: el cobro prescribe a los seis meses desde que debieron pagarse.

¿Puedo demandar si trabajaba sin contrato escrito?

Sí. Hay contrato de trabajo aunque no se haya firmado nada: basta que haya trabajado bajo las órdenes de un empleador a cambio de un sueldo (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo). Si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9). Transferencias, mensajes y testigos sirven de prueba.

¿Me pueden despedir si estoy con licencia médica?

No por necesidades de la empresa ni por desahucio: esas causales no pueden aplicarse a quien está con licencia médica (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo despidieron igual, puede demandar, y si la desvinculación fue por su estado de salud también procede la tutela laboral.

Trabajo cada vendimia en la misma viña, ¿mi contrato puede ser indefinido?

Puede serlo. Un contrato a plazo fijo que se renueva por segunda vez se transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo), y los tribunales revisan si las labores son realmente de temporada o permanentes. Si lo son, corresponden las indemnizaciones por años de servicio.

¿Qué documentos necesito para demandar?

La carta de despido, el contrato y sus anexos, las liquidaciones de sueldo y el certificado de cotizaciones de su AFP. Si los tiene, también correos, mensajes de WhatsApp, registros de asistencia y el nombre de compañeros que puedan declarar. Lo que esté en poder del empleador se le puede pedir al tribunal.

¿Cómo me atienden si no tienen oficina en Santa Cruz?

Por WhatsApp, teléfono y videollamada: nos envía sus documentos, revisamos el caso y le explicamos qué puede reclamar. Asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras de Santa Cruz cuando el caso lo exige.

No firme su finiquito antes de que un abogado lo revise.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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