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Región de Aysén · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en Río Ibáñez, sin costo inicial.

En Río Ibáñez las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras de Coyhaique. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

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Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Coyhaique

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Río Ibáñez.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Coyhaique

Bilbao 777 A, Coyhaique

Plazos y montos

Plazos y montos que fija la ley.

Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de Río Ibáñez.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Áreas de práctica en Río Ibáñez

Casos laborales frecuentes en Río Ibáñez.

Representamos a trabajadores de Río Ibáñez y de toda la provincia General Carrera. En la zona vemos sobre todo casos de ganadería y estancias y de turismo y trabajo de temporada.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Protege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Trabajo en predios rurales

Ganadería y estancias

Estancias, crianza de ganado y faenas rurales: jornadas sin control, alojamiento en el predio, contratos de temporada y cotizaciones que no se enteran.

Trabajadores que viven en el predio
Contratos de temporada

Turismo y trabajo de temporada

Hoteles, cabañas, restaurantes y servicios turísticos: contratos por temporada que se renuevan sin control, jornadas sin pago de horas extra y propinas retenidas.

Guía de gastronomía y hotelería

Cómo demandar en Río Ibáñez

Lo que conviene hacer después de un despido.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Anote la fecha del despido

    Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Reúna la prueba

    Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.

  5. Demande ante el Juzgado de Letras de Coyhaique

    La demanda se presenta por la Oficina Judicial Virtual y el juicio se desarrolla, por lo general, en dos audiencias. Si hay que recurrir contra la sentencia, el recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Coyhaique.

En Río Ibáñez no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Coyhaique, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Bilbao 777 A, Coyhaique, que atiende Río Ibáñez (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 38 del Código Orgánico de Tribunales). Las causas laborales de la comuna de Coyhaique, en cambio, las conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique. Atendemos a trabajadores de Río Ibáñez por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Río Ibáñez.

  • Juzgado de Letras de CoyhaiqueBilbao 777 A, Coyhaique
  • Comunas de su competenciaRío Ibáñez (art. 422 del Código del Trabajo y art. 38 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Coyhaique
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Toda la Región de Aysén.

Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.

Provincia de Coyhaique

Provincia de Aysén

Provincia General Carrera

Provincia Capitán Prat

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre despidos en Río Ibáñez.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Río Ibáñez?

Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.

¿Dónde se presenta una demanda laboral en Río Ibáñez?

El Juzgado de Letras de Coyhaique, en Bilbao 777 A, Coyhaique. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Río Ibáñez (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 38 del Código Orgánico de Tribunales). Las causas laborales de la comuna de Coyhaique, en cambio, las conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique. El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Coyhaique. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Río Ibáñez?

Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).

Estoy embarazada, ¿me pueden despedir?

No sin autorización judicial. La trabajadora tiene fuero desde el inicio del embarazo hasta un año después de terminado el descanso de maternidad (artículo 201 del Código del Trabajo), y para despedirla el empleador debe pedir el desafuero al tribunal, que en Río Ibáñez es el Juzgado de Letras de Coyhaique. Si la despidieron sin ese trámite, puede pedir la reincorporación y el pago de las remuneraciones del período.

Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?

Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.

Trabajo en una estancia o predio ganadero, ¿tengo límite de jornada?

Sí. En las labores agrícolas y ganaderas el empleador puede distribuir la jornada según la época del año y el clima (artículo 88 del Código del Trabajo), pero no puede exceder en promedio el máximo legal; lo que lo supere se paga como hora extraordinaria. Si vive en el predio, el término del contrato no autoriza a desalojarlo sin respetar sus derechos.

Me despidieron durante una licencia médica, ¿es legal?

Depende de la causal. Mientras dura la licencia el empleador no puede invocar necesidades de la empresa ni desahucio (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo hizo, el despido se puede impugnar; y si el motivo real fue su enfermedad, procede además la tutela laboral por discriminación.

Mi empleador no pagó mis cotizaciones, ¿qué pasa con mi despido?

Si al despedirlo había cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato: el empleador debe seguir pagando sueldos y cotizaciones hasta que pague la deuda y se lo comunique. Es la nulidad del despido o Ley Bustos (artículo 162 del Código del Trabajo).

¿Puedo demandar si trabajaba sin contrato escrito?

Sí. Hay contrato de trabajo aunque no se haya firmado nada: basta que haya trabajado bajo las órdenes de un empleador a cambio de un sueldo (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo). Si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9). Transferencias, mensajes y testigos sirven de prueba.

¿Cómo me atienden si no tienen oficina en Río Ibáñez?

Por WhatsApp, teléfono y videollamada: nos envía sus documentos, revisamos el caso y le explicamos qué puede reclamar. Asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras de Coyhaique cuando el caso lo exige.

Antes de firmar nada, consúltenos.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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