¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Lago Verde?
Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.
¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Lago Verde?
El Juzgado de Letras y Garantía de Cisnes, en Condell 381, Puerto Cisnes. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Cisnes, Guaitecas y Lago Verde (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 38 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Coyhaique. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
¿Me pueden despedir si estoy con licencia médica?
No por necesidades de la empresa ni por desahucio: esas causales no pueden aplicarse a quien está con licencia médica (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo despidieron igual, puede demandar, y si la desvinculación fue por su estado de salud también procede la tutela laboral.
¿Tengo que ir al tribunal?
Solo si lo citan a declarar o el caso lo requiere. El resto lo hacemos nosotros: preparamos la demanda, asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras y Garantía de Cisnes y le informamos de cada paso por WhatsApp.
Me están presionando para que renuncie, ¿qué hago?
No firme. Una renuncia solo vale si es voluntaria y se ratifica ante un ministro de fe o en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Guarde los mensajes o correos en que lo presionan y consúltenos: si el empleador quiere terminar el contrato, debe despedirlo y pagar lo que corresponde.
¿Puedo demandar si trabajaba sin contrato escrito?
Sí. Hay contrato de trabajo aunque no se haya firmado nada: basta que haya trabajado bajo las órdenes de un empleador a cambio de un sueldo (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo). Si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9). Transferencias, mensajes y testigos sirven de prueba.
¿Qué es la Ley Bustos y cómo me beneficia?
Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).
Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?
Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.
Trabajo en una estancia o predio ganadero, ¿tengo límite de jornada?
Sí. En las labores agrícolas y ganaderas el empleador puede distribuir la jornada según la época del año y el clima (artículo 88 del Código del Trabajo), pero no puede exceder en promedio el máximo legal; lo que lo supere se paga como hora extraordinaria. Si vive en el predio, el término del contrato no autoriza a desalojarlo sin respetar sus derechos.
¿Tienen oficina en Lago Verde?
No. Atendemos a trabajadores de Lago Verde y de toda la Región de Aysén por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.