Despido injustificado
Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.
Guía de demanda por despidoRegión de Ñuble · Atención remota y en audiencias
En Ñiquén las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras de San Carlos. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.
Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.
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Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.
Cobramos solo si ganamos.
causas laborales tramitadas.
Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Ñiquén.
Vicuña Mackenna 556, San Carlos
Plazos y montos
Los plazos y recargos los fija el Código del Trabajo y rigen igual para un trabajador de Ñiquén que para uno de cualquier otra comuna.
| Situación | Plazo | Qué se puede cobrar |
|---|---|---|
| Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa) | 60 días hábiles | Indemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30% |
| Despido por falta grave no acreditada (art. 160) | 60 días hábiles | Todas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100% |
| Autodespido por incumplimiento del empleador | Carta en 3 días hábiles | Lo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80% |
| Cotizaciones impagas (Ley Bustos) | 6 meses | Sueldos hasta la convalidación del despido |
| Tutela de derechos fundamentales | 60 días hábiles | 6 a 11 remuneraciones adicionales |
| Horas extraordinarias impagas | 6 meses | Las horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50% |
Áreas de práctica en Ñiquén
Además de despidos y tutela, en Ñiquén llevamos muchos casos de agricultura y trabajo de temporada y de packing y agroindustria frutícola.
Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.
Guía de demanda por despidoCotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.
Guía de autodespidoProtege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.
Guía de tutela laboralAdemás de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).
Guía de accidentes del trabajoTemporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.
Guía de temporeros agrícolasPacking, frigoríficos y plantas frutícolas: turnos nocturnos en temporada alta, horas extraordinarias sin registro y exposición a plaguicidas sin elementos de protección.
Guía de packing y plaguicidasCómo demandar en Ñiquén
Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.
Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.
Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.
Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.
Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán.
Dónde se tramita su causa
En Ñiquén no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de San Carlos, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Vicuña Mackenna 556, San Carlos, que atiende San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Ñiquén por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Ñiquén.
Dónde atendemos
Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.
Mismo tribunal (Juzgado de Letras de San Carlos)
Provincia de Diguillín
Provincia de Punilla
Provincia de Itata
Regiones vecinas, con sus propios tribunales
Guías
Preguntas frecuentes
Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.
El Juzgado de Letras de San Carlos, en Vicuña Mackenna 556, San Carlos. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
Puede servir para intentar un acuerdo en el comparendo de conciliación, y suspende el plazo de 60 días hábiles mientras dura el trámite. Pero no es obligatorio, y el límite es de 90 días hábiles desde la separación: pasado ese plazo ya no se puede demandar (artículo 168 del Código del Trabajo).
La indemnización por años de servicio y el mes de aviso, más el recargo del artículo 168: 30% si la causal fue necesidades de la empresa y 80% o 100% si el empleador invocó una falta grave que no logró acreditar.
No firme. Una renuncia solo vale si es voluntaria y se ratifica ante un ministro de fe o en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Guarde los mensajes o correos en que lo presionan y consúltenos: si el empleador quiere terminar el contrato, debe despedirlo y pagar lo que corresponde.
Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.
La carta de despido, el contrato y sus anexos, las liquidaciones de sueldo y el certificado de cotizaciones de su AFP. Si los tiene, también correos, mensajes de WhatsApp, registros de asistencia y el nombre de compañeros que puedan declarar. Lo que esté en poder del empleador se le puede pedir al tribunal.
Sí. Toda hora que exceda la jornada ordinaria es extraordinaria y se paga con un recargo de al menos 50%, aunque se trate de un contrato de temporada. Si no hubo pacto escrito pero el empleador las exigió o las conocía, igual se pagan (artículo 32 del Código del Trabajo). Los registros de asistencia son la prueba central.
Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).
Sí. No tenemos oficina en Ñiquén: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.
El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.