Despido injustificado
Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.
Guía de demanda por despidoRegión de Ñuble · Evaluación gratuita de su caso
Defendemos a trabajadores de San Nicolás en despidos, autodespidos, tutela laboral y accidentes del trabajo. Sus juicios se tramitan ante el Juzgado de Letras de San Carlos. La primera evaluación no tiene costo y cobramos solo si ganamos.
Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.
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Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.
Cobramos solo si ganamos.
causas laborales tramitadas.
Resuelve los recursos de nulidad de las causas de San Nicolás.
Vicuña Mackenna 556, San Carlos
Plazos y montos
Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de San Nicolás.
| Situación | Plazo | Qué se puede cobrar |
|---|---|---|
| Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa) | 60 días hábiles | Indemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30% |
| Despido por falta grave no acreditada (art. 160) | 60 días hábiles | Todas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100% |
| Autodespido por incumplimiento del empleador | Carta en 3 días hábiles | Lo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80% |
| Cotizaciones impagas (Ley Bustos) | 6 meses | Sueldos hasta la convalidación del despido |
| Tutela de derechos fundamentales | 60 días hábiles | 6 a 11 remuneraciones adicionales |
| Horas extraordinarias impagas | 6 meses | Las horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50% |
Casos que llevamos en San Nicolás
Representamos a trabajadores de San Nicolás y de toda la provincia de Punilla. En la zona vemos sobre todo casos de agricultura y trabajo de temporada y de viñas, vendimia y bodegas.
Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.
Guía de demanda por despidoCotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.
Guía de autodespidoSi lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.
Guía de tutela laboralLa mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.
Guía de accidentes del trabajoTemporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.
Guía de temporeros agrícolasViñas, bodegas y vendimia: contratos de temporada que se repiten cada año, jornadas extendidas en cosecha y trabajo con maquinaria y plaguicidas.
Derechos de los temporerosCómo demandar en San Nicolás
Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.
Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.
Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.
Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.
Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán.
Dónde se tramita su causa
En San Nicolás no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de San Carlos, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Vicuña Mackenna 556, San Carlos, que atiende San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de San Nicolás por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en San Nicolás.
Dónde atendemos
Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.
Mismo tribunal (Juzgado de Letras de San Carlos)
Provincia de Diguillín
Provincia de Punilla
Provincia de Itata
Regiones vecinas, con sus propios tribunales
Guías
Preguntas frecuentes
Tiene 60 días hábiles desde el despido, y para contarlos no se consideran los domingos ni los festivos. El plazo es el mismo en todo Chile y, una vez vencido, ya no se puede demandar el despido injustificado.
El Juzgado de Letras de San Carlos, en Vicuña Mackenna 556, San Carlos. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.
Puede serlo. Un contrato a plazo fijo que se renueva por segunda vez se transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo), y los tribunales revisan si las labores son realmente de temporada o permanentes. Si lo son, corresponden las indemnizaciones por años de servicio.
Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.
No. La renuncia debe ser voluntaria y, para valer, tiene que ratificarse ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o firmarse en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si lo presionaron para renunciar, puede pedir al tribunal que la deje sin efecto y cobrar las indemnizaciones de un despido.
Puede servir para intentar un acuerdo en el comparendo de conciliación, y suspende el plazo de 60 días hábiles mientras dura el trámite. Pero no es obligatorio, y el límite es de 90 días hábiles desde la separación: pasado ese plazo ya no se puede demandar (artículo 168 del Código del Trabajo).
Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).
No para gestionar el caso: lo coordinamos por WhatsApp, teléfono y videollamada. Las audiencias se realizan en el Juzgado de Letras de San Carlos y muchas pueden hacerse por videoconferencia cuando el tribunal lo autoriza; si debe asistir, lo acompañamos.
No. Atendemos a trabajadores de San Nicolás y de toda la Región de Ñuble por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.
Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.