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Región de Ñuble · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en San Carlos, sin costo inicial.

Representamos a trabajadores de San Carlos ante el Juzgado de Letras de San Carlos, que conoce las causas laborales de San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás. Tiene 60 días hábiles para demandar un despido. Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Chillán

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de San Carlos.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de San Carlos

Vicuña Mackenna 556, San Carlos

Plazos y montos

Plazos y montos que fija la ley.

Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de San Carlos.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Casos que llevamos en San Carlos

En qué podemos ayudarle en San Carlos.

En San Carlos y el resto de la provincia de Punilla atendemos todo tipo de conflictos laborales; muchos vienen de agricultura y trabajo de temporada y de comercio y servicios.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

Además de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).

Guía de accidentes del trabajo
Temporeros y predios

Agricultura y trabajo de temporada

Temporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.

Guía de temporeros agrícolas
Domingos y festivos

Comercio y servicios

Supermercados, tiendas y servicios: domingos y festivos trabajados sin compensación, comisiones impagas y despidos por «necesidades de la empresa» sin respaldo.

Domingos y festivos en el comercio

Cómo demandar en San Carlos

Antes de demandar, cinco pasos clave.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. No firme el finiquito sin reserva de derechos

    Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Reúna la prueba

    Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de Letras de San Carlos

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de San Carlos.

En San Carlos no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de San Carlos, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Vicuña Mackenna 556, San Carlos, que atiende San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de San Carlos por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en San Carlos.

  • Juzgado de Letras de San CarlosVicuña Mackenna 556, San Carlos
  • Comunas de su competenciaSan Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (art. 422 del Código del Trabajo y art. 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Chillán
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Otras comunas de la Región de Ñuble.

Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de San Carlos)

Provincia de Diguillín

Provincia de Punilla

Provincia de Itata

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre despidos en San Carlos.

¿Hasta cuándo puedo demandar si me despidieron en San Carlos?

Tiene 60 días hábiles desde el despido, y para contarlos no se consideran los domingos ni los festivos. El plazo es el mismo en todo Chile y, una vez vencido, ya no se puede demandar el despido injustificado.

¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de San Carlos?

El Juzgado de Letras de San Carlos, en Vicuña Mackenna 556, San Carlos. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

Estoy embarazada, ¿me pueden despedir?

No sin autorización judicial. La trabajadora tiene fuero desde el inicio del embarazo hasta un año después de terminado el descanso de maternidad (artículo 201 del Código del Trabajo), y para despedirla el empleador debe pedir el desafuero al tribunal, que en San Carlos es el Juzgado de Letras de San Carlos. Si la despidieron sin ese trámite, puede pedir la reincorporación y el pago de las remuneraciones del período.

Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?

No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.

Trabajo en el comercio, ¿me deben compensar los domingos trabajados?

Sí. Quienes trabajan en domingo o festivo tienen derecho a días de descanso compensatorio, y en el comercio, en general, al menos dos de los días de descanso de cada mes deben ser domingo (artículo 38 del Código del Trabajo). Si no se respetaron, se puede reclamar.

Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?

Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.

¿Puedo reclamar horas extraordinarias impagas?

Sí. Se pagan con un recargo de al menos 50% sobre el sueldo convenido, y se deben también las que el empleador exigió o conocía aunque no hubiera pacto escrito (artículo 32 del Código del Trabajo). El derecho a cobrarlas prescribe en seis meses desde que debieron pagarse.

Me despidieron durante una licencia médica, ¿es legal?

Depende de la causal. Mientras dura la licencia el empleador no puede invocar necesidades de la empresa ni desahucio (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo hizo, el despido se puede impugnar; y si el motivo real fue su enfermedad, procede además la tutela laboral por discriminación.

¿Cómo cobran sus honorarios?

A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.

¿Atienden a trabajadores de San Carlos a distancia?

Sí. No tenemos oficina en San Carlos: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

No firme su finiquito antes de que un abogado lo revise.

Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo y le decimos cuánto puede reclamar.

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