Despido injustificado
Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.
Guía de demanda por despidoRegión del Maule · Atención remota y en audiencias
Si lo despidieron en Parral, su demanda se presenta ante el Juzgado de Letras de Parral, que conoce las causas laborales de Parral y Retiro. Revisamos gratis su carta de despido y su finiquito, y le decimos cuánto puede reclamar antes de que venzan los 60 días hábiles.
Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.
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Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.
Cobramos solo si ganamos.
causas laborales tramitadas.
Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Parral.
Delicias s/n, Parral
Plazos y montos
Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de Parral.
| Situación | Plazo | Qué se puede cobrar |
|---|---|---|
| Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa) | 60 días hábiles | Indemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30% |
| Despido por falta grave no acreditada (art. 160) | 60 días hábiles | Todas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100% |
| Autodespido por incumplimiento del empleador | Carta en 3 días hábiles | Lo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80% |
| Cotizaciones impagas (Ley Bustos) | 6 meses | Sueldos hasta la convalidación del despido |
| Tutela de derechos fundamentales | 60 días hábiles | 6 a 11 remuneraciones adicionales |
| Horas extraordinarias impagas | 6 meses | Las horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50% |
Casos que llevamos en Parral
Representamos a trabajadores de Parral y de toda la provincia de Linares. En la zona vemos sobre todo casos de agricultura y trabajo de temporada y de comercio y servicios.
Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.
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Guía de autodespidoSi lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.
Guía de tutela laboralLa mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.
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Guía de temporeros agrícolasSupermercados, tiendas y servicios: domingos y festivos trabajados sin compensación, comisiones impagas y despidos por «necesidades de la empresa» sin respaldo.
Domingos y festivos en el comercioCómo demandar en Parral
Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.
Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.
Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.
Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.
Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Talca.
Dónde se tramita su causa
En Parral no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Parral, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Delicias s/n, Parral, que atiende Parral y Retiro (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 34 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Parral por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Parral.
Dónde atendemos
Por ley, cada comuna tiene asignado un tribunal laboral. Revise el de la comuna donde trabajó: puede no ser el de la comuna donde vive.
Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Parral)
Provincia de Talca
Provincia de Curicó
Provincia de Linares
Provincia de Cauquenes
Regiones vecinas, con sus propios tribunales
Guías
Preguntas frecuentes
Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.
El Juzgado de Letras de Parral, en Delicias s/n, Parral. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Parral y Retiro (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 34 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Talca. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
Sí. Quienes trabajan en domingo o festivo tienen derecho a días de descanso compensatorio, y en el comercio, en general, al menos dos de los días de descanso de cada mes deben ser domingo (artículo 38 del Código del Trabajo). Si no se respetaron, se puede reclamar.
No exige desembolso inicial. Se trabaja a resultado: entre un 20% y un 30% de lo que efectivamente se obtenga. Si no hay resultado, no hay honorarios.
La indemnización por años de servicio y el mes de aviso, más el recargo del artículo 168: 30% si la causal fue necesidades de la empresa y 80% o 100% si el empleador invocó una falta grave que no logró acreditar.
Sí, como horas extraordinarias, con un recargo de al menos 50% (artículo 32 del Código del Trabajo). Sirven de prueba el registro de asistencia, los turnos, los correos y los mensajes. Ojo con el plazo: el cobro prescribe a los seis meses desde que debieron pagarse.
Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.
No. La renuncia debe ser voluntaria y, para valer, tiene que ratificarse ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o firmarse en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si lo presionaron para renunciar, puede pedir al tribunal que la deje sin efecto y cobrar las indemnizaciones de un despido.
Si al despedirlo había cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato: el empleador debe seguir pagando sueldos y cotizaciones hasta que pague la deuda y se lo comunique. Es la nulidad del despido o Ley Bustos (artículo 162 del Código del Trabajo).
Por WhatsApp, teléfono y videollamada: nos envía sus documentos, revisamos el caso y le explicamos qué puede reclamar. Asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras de Parral cuando el caso lo exige.
Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo y le decimos cuánto puede reclamar.