¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Villa Alegre?
Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.
¿Dónde se presenta una demanda laboral en Villa Alegre?
El Juzgado de Letras de San Javier, en Sargento Aldea 2690, segundo piso, San Javier. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de San Javier y Villa Alegre (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 34 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Talca. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?
Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.
¿Pueden despedirme con fuero maternal o sindical?
No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente, que en Villa Alegre es el Juzgado de Letras de San Javier. Si lo despidieron sin ese trámite, puede pedir su reincorporación y el pago del período.
Mi empleador no pagó mis cotizaciones, ¿qué pasa con mi despido?
Si al despedirlo había cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato: el empleador debe seguir pagando sueldos y cotizaciones hasta que pague la deuda y se lo comunique. Es la nulidad del despido o Ley Bustos (artículo 162 del Código del Trabajo).
Trabajo cada vendimia en la misma viña, ¿mi contrato puede ser indefinido?
Puede serlo. Un contrato a plazo fijo que se renueva por segunda vez se transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo), y los tribunales revisan si las labores son realmente de temporada o permanentes. Si lo son, corresponden las indemnizaciones por años de servicio.
¿Me pueden despedir si estoy con licencia médica?
No por necesidades de la empresa ni por desahucio: esas causales no pueden aplicarse a quien está con licencia médica (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo despidieron igual, puede demandar, y si la desvinculación fue por su estado de salud también procede la tutela laboral.
Trabajé más horas de las pactadas, ¿me las tienen que pagar?
Sí, como horas extraordinarias, con un recargo de al menos 50% (artículo 32 del Código del Trabajo). Sirven de prueba el registro de asistencia, los turnos, los correos y los mensajes. Ojo con el plazo: el cobro prescribe a los seis meses desde que debieron pagarse.
¿Tengo que viajar para el juicio?
No para gestionar el caso: lo coordinamos por WhatsApp, teléfono y videollamada. Las audiencias se realizan en el Juzgado de Letras de San Javier y muchas pueden hacerse por videoconferencia cuando el tribunal lo autoriza; si debe asistir, lo acompañamos.
¿Atienden a trabajadores de Villa Alegre a distancia?
Sí. No tenemos oficina en Villa Alegre: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.