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Región de Valparaíso · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en Algarrobo, del lado del trabajador.

En Algarrobo las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras de Casablanca. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Valparaíso

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Algarrobo.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Casablanca

Avenida Diego Portales 542, tercer piso, Casablanca

Plazos y montos

Lo que fija la ley, en una tabla.

Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de Algarrobo.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Casos que llevamos en Algarrobo

Qué reclaman los trabajadores de Algarrobo.

Además de despidos y tutela, en Algarrobo llevamos muchos casos de turismo y trabajo de temporada y de construcción y obras.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no puede acreditar, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar las indemnizaciones con recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Contratos de temporada

Turismo y trabajo de temporada

Hoteles, cabañas, restaurantes y servicios turísticos: contratos por temporada que se renuevan sin control, jornadas sin pago de horas extra y propinas retenidas.

Guía de gastronomía y hotelería
Contratos por obra o faena

Construcción y obras

Contratos por obra que se encadenan, finiquitos que no pagan el feriado proporcional y accidentes por caída de altura o falta de elementos de protección personal.

Guía del contrato por obra o faena

Si lo despidieron en Algarrobo

Cinco pasos para no perder su caso.

  1. Revise la carta de despido

    Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.

  2. No firme el finiquito sin reserva de derechos

    Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de Letras de Casablanca

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Casablanca.

En Algarrobo no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Casablanca, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Avenida Diego Portales 542, tercer piso, Casablanca, que atiende Casablanca, El Quisco, Algarrobo y Curacaví (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 32 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Algarrobo por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Algarrobo.

  • Juzgado de Letras de CasablancaAvenida Diego Portales 542, tercer piso, Casablanca
  • Comunas de su competenciaCasablanca, El Quisco, Algarrobo y Curacaví (art. 422 del Código del Trabajo y art. 32 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Valparaíso
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Toda la Región de Valparaíso.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Casablanca)

Provincia de Valparaíso

Provincia de Marga Marga

Provincia de Quillota

Provincia de San Antonio

Provincia de San Felipe de Aconcagua

Provincia de Los Andes

Provincia de Petorca

Provincia de Isla de Pascua

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Algarrobo.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Algarrobo?

Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.

¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Algarrobo?

El Juzgado de Letras de Casablanca, en Avenida Diego Portales 542, tercer piso, Casablanca. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Casablanca, El Quisco, Algarrobo y Curacaví (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 32 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

Trabajaba a boleta de honorarios, ¿puedo reclamar como trabajador?

Sí, si en los hechos cumplía horario, recibía órdenes y estaba sujeto a supervisión: eso es una relación laboral aunque se haya disfrazado de honorarios (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo). El tribunal puede reconocerla y ordenar el pago de cotizaciones, feriado e indemnizaciones.

¿Cómo cobran sus honorarios?

A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.

Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?

Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.

¿Pueden despedirme con fuero maternal o sindical?

No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente, que en Algarrobo es el Juzgado de Letras de Casablanca. Si lo despidieron sin ese trámite, puede pedir su reincorporación y el pago del período.

Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?

No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.

¿Tengo que reclamar primero en la Inspección del Trabajo?

No, es opcional: puede demandar directamente. Si reclama en la Inspección, el plazo de 60 días hábiles se suspende mientras dura ese trámite, pero en ningún caso puede demandar después de 90 días hábiles desde la separación (artículo 168 del Código del Trabajo).

Trabajo en construcción con contrato por obra, ¿me corresponde indemnización?

Sí, si el contrato estuvo vigente un mes o más y termina por conclusión de la obra: el empleador debe pagar una indemnización de dos días y medio de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días (artículo 163 del Código del Trabajo). Si lo contrataron para obras sucesivas sin interrupción o en labores permanentes, el contrato puede ser en realidad indefinido.

¿Atienden a trabajadores de Algarrobo a distancia?

Sí. No tenemos oficina en Algarrobo: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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