Saltar al contenido

Región de Antofagasta · Atención remota y en audiencias

Abogado laboral en María Elena, del lado del trabajador.

Si lo despidieron en María Elena, su demanda se presenta ante el Juzgado de Letras y Garantía de María Elena, que conoce las causas laborales de la comuna. Revisamos gratis su carta de despido y su finiquito, y le decimos cuánto puede reclamar antes de que venzan los 60 días hábiles.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

Sus datos son confidenciales. Política de privacidad.

Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Antofagasta

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de María Elena.

Tribunal de su causaJuzgado de María Elena

Prat esquina Bernardo O'Higgins, María Elena

Plazos y montos

Lo que puede cobrar, en una tabla.

Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de María Elena.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Qué defendemos en María Elena

Los casos que más vemos en María Elena.

Representamos a trabajadores de María Elena y de toda la provincia de Tocopilla. En la zona vemos sobre todo casos de minería y contratistas mineros y de industria y empresas contratistas.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Protege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Turnos 7x7 y 4x3

Minería y contratistas mineros

Faenas con jornada excepcional, campamentos y empresas contratistas: turnos sin autorización vigente, bonos de producción impagos y accidentes en faena, que se reclaman también a la minera mandante.

Guía de jornada en minería
Responde la empresa principal

Industria y empresas contratistas

Grandes faenas industriales operan con contratistas. Si la contratista no paga sueldos, cotizaciones o indemnizaciones, se demanda también a la empresa principal.

Guía de subcontratación

Si lo despidieron en María Elena

Lo que conviene hacer después de un despido.

  1. Revise la carta de despido

    Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.

  2. No firme el finiquito sin reserva de derechos

    Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de María Elena

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras y Garantía de María Elena.

En María Elena no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras y Garantía de María Elena, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Prat esquina Bernardo O'Higgins, María Elena, que atiende María Elena (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 29 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de María Elena por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en María Elena.

  • Juzgado de Letras y Garantía de María ElenaPrat esquina Bernardo O'Higgins, María Elena
  • Comunas de su competenciaMaría Elena (art. 422 del Código del Trabajo y art. 29 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Antofagasta
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Toda la Región de Antofagasta.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Provincia de Antofagasta

Provincia de El Loa

Provincia de Tocopilla

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes de trabajadores de María Elena.

¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en María Elena?

Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.

¿Dónde se presenta una demanda laboral en María Elena?

El Juzgado de Letras y Garantía de María Elena, en Prat esquina Bernardo O'Higgins, María Elena. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de María Elena (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 29 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

Trabajo para una empresa contratista, ¿puedo demandar a la principal?

Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista, incluidas las indemnizaciones. Por eso conviene demandar a ambas desde el inicio.

Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?

No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.

Trabajo en una faena minera con turnos 7x7, ¿qué puedo reclamar?

La jornada excepcional requiere autorización vigente de la Dirección del Trabajo; sin ella, el exceso sobre la jornada ordinaria se paga como hora extraordinaria. Si trabaja para una contratista, la minera mandante responde por sus remuneraciones, cotizaciones e indemnizaciones, y también por los accidentes cuando no adoptó las medidas de seguridad de la faena.

¿Cuánto me tienen que pagar si el despido se declara injustificado?

La indemnización por años de servicio y el mes de aviso, más el recargo del artículo 168: 30% si la causal fue necesidades de la empresa y 80% o 100% si el empleador invocó una falta grave que no logró acreditar.

Estoy embarazada, ¿me pueden despedir?

No sin autorización judicial. La trabajadora tiene fuero desde el inicio del embarazo hasta un año después de terminado el descanso de maternidad (artículo 201 del Código del Trabajo), y para despedirla el empleador debe pedir el desafuero al tribunal, que en María Elena es el Juzgado de Letras y Garantía de María Elena. Si la despidieron sin ese trámite, puede pedir la reincorporación y el pago de las remuneraciones del período.

¿Cuánto cuesta contratar un abogado laboral en María Elena?

No exige desembolso inicial. Se trabaja a resultado: entre un 20% y un 30% de lo que efectivamente se obtenga. Si no hay resultado, no hay honorarios.

¿Qué es el autodespido y cuándo procede?

Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.

¿Atienden a trabajadores de María Elena a distancia?

Sí. No tenemos oficina en María Elena: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.

LlamarWhatsApp