¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Pucón?
Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.
¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Pucón?
El Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, en Arauco 371, Pucón. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Pucón y Curarrehue (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 36 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Temuco. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
Estoy embarazada, ¿me pueden despedir?
No sin autorización judicial. La trabajadora tiene fuero desde el inicio del embarazo hasta un año después de terminado el descanso de maternidad (artículo 201 del Código del Trabajo), y para despedirla el empleador debe pedir el desafuero al tribunal, que en Pucón es el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón. Si la despidieron sin ese trámite, puede pedir la reincorporación y el pago de las remuneraciones del período.
Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?
Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.
¿Qué es la Ley Bustos y cómo me beneficia?
Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).
¿Tengo que viajar para el juicio?
No para gestionar el caso: lo coordinamos por WhatsApp, teléfono y videollamada. Las audiencias se realizan en el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón y muchas pueden hacerse por videoconferencia cuando el tribunal lo autoriza; si debe asistir, lo acompañamos.
Trabajo en construcción con contrato por obra, ¿me corresponde indemnización?
Sí, si el contrato estuvo vigente un mes o más y termina por conclusión de la obra: el empleador debe pagar una indemnización de dos días y medio de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días (artículo 163 del Código del Trabajo). Si lo contrataron para obras sucesivas sin interrupción o en labores permanentes, el contrato puede ser en realidad indefinido.
¿Qué documentos necesito para demandar?
La carta de despido, el contrato y sus anexos, las liquidaciones de sueldo y el certificado de cotizaciones de su AFP. Si los tiene, también correos, mensajes de WhatsApp, registros de asistencia y el nombre de compañeros que puedan declarar. Lo que esté en poder del empleador se le puede pedir al tribunal.
¿Sirve ir a la Inspección del Trabajo antes de demandar?
Puede servir para intentar un acuerdo en el comparendo de conciliación, y suspende el plazo de 60 días hábiles mientras dura el trámite. Pero no es obligatorio, y el límite es de 90 días hábiles desde la separación: pasado ese plazo ya no se puede demandar (artículo 168 del Código del Trabajo).
¿Tienen oficina en Pucón?
No. Atendemos a trabajadores de Pucón y de toda la Región de La Araucanía por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.