¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Purén?
Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.
¿Dónde se presenta una demanda laboral en Purén?
El Juzgado de Letras y Garantía de Purén, en Imperial 890, Purén. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Purén y Los Sauces (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 36 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Temuco. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
Trabajé más horas de las pactadas, ¿me las tienen que pagar?
Sí, como horas extraordinarias, con un recargo de al menos 50% (artículo 32 del Código del Trabajo). Sirven de prueba el registro de asistencia, los turnos, los correos y los mensajes. Ojo con el plazo: el cobro prescribe a los seis meses desde que debieron pagarse.
¿Tengo que reclamar primero en la Inspección del Trabajo?
No, es opcional: puede demandar directamente. Si reclama en la Inspección, el plazo de 60 días hábiles se suspende mientras dura ese trámite, pero en ningún caso puede demandar después de 90 días hábiles desde la separación (artículo 168 del Código del Trabajo).
Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?
Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.
¿Qué es el autodespido y cuándo procede?
Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.
Trabajo para una contratista forestal, ¿puedo demandar a la empresa principal?
Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista. Es la vía habitual cuando la contratista deja de pagar, desaparece o no tiene bienes.
¿Cómo cobran sus honorarios?
A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.
Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?
No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.
¿Atienden a trabajadores de Purén a distancia?
Sí. No tenemos oficina en Purén: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.