Despido injustificado
La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no acredita, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar con recargo.
Guía de demanda por despidoRegión de La Araucanía · Atención remota y en audiencias
Representamos a trabajadores ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, que conoce las causas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire. Tiene 60 días hábiles para demandar un despido. Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo.
Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.
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Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama en la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.
Cobramos solo si ganamos.
causas laborales tramitadas.
Resuelve los recursos de nulidad de toda La Araucanía.
Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco
Plazos y montos
Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de La Araucanía.
| Situación | Plazo | Qué se puede cobrar |
|---|---|---|
| Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa) | 60 días hábiles | Indemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30% |
| Despido por falta grave no acreditada (art. 160) | 60 días hábiles | Todas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100% |
| Autodespido por incumplimiento del empleador | Carta en 3 días hábiles | Lo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80% |
| Cotizaciones impagas (Ley Bustos) | 6 meses | Sueldos hasta la convalidación del despido |
| Tutela de derechos fundamentales | 60 días hábiles | 6 a 11 remuneraciones adicionales |
| Accidente del trabajo o de trayecto | 5 años | Daño moral y lucro cesante, además de lo que cubre la mutualidad |
Casos que llevamos en La Araucanía
Representamos a trabajadores del retail y el gran comercio, la educación y la salud privada, la agroindustria, los aserraderos y el transporte, de Temuco y de las comunas de Cautín y Malleco.
La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no acredita, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar con recargo.
Guía de demanda por despidoCotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido habilitan al trabajador para poner término al contrato y cobrar igual que en un despido.
Guía de autodespidoProcede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa. Tiene tramitación preferente.
Guía de tutela laboralComisiones no pagadas, semana corrida mal calculada, domingos y festivos, y despidos en temporada baja disfrazados de necesidades de la empresa.
Domingos y festivos en el comercioProfesores, asistentes de la educación y personal de clínicas: término abusivo de contrato, no renovación encubierta y cobro de horas no lectivas.
Ver fallo de profesores en TemucoTrabajo de temporada, subcontratación y accidentes en aserraderos, plantas procesadoras y predios. La empresa principal responde por las obligaciones de su contratista.
Guía de accidente de trayectoCómo demandar en Temuco
Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.
Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.
Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.
Contrato, liquidaciones, correos, mensajes de WhatsApp, turnos y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar, no después.
Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual. Entre el ingreso y la sentencia suelen pasar de 4 a 8 meses, y el recurso de nulidad lo ve la Corte de Apelaciones de Temuco.
Jurisprudencia
Fallos recientes en causas de Temuco y Padre Las Casas. Cada tarjeta indica el tribunal, el rol, la fecha y la fuente.
El tribunal acogió la demanda de una ejecutiva despedida por un banco alegando una reorganización de funciones en su unidad de Temuco. El empleador debe probar los hechos de la carta (artículo 454 N° 1) y no lo hizo: se ordenó pagar $14.392.075 por el recargo del 30% y devolver $2.332.233 descontados del aporte al seguro de cesantía.
Si la carta invoca necesidades de la empresa, la empresa tiene que probarlas; si no, paga el recargo y devuelve el descuento del seguro de cesantía.
El tribunal declaró ajustado a derecho el autodespido de profesores, educadoras y asistentes de párvulos ante el no pago íntegro de sus remuneraciones, consideró a las sociedades demandadas como un solo empleador y ordenó pagar el aviso previo, los años de servicio con incremento del 50% (artículo 171) y los sueldos adeudados.
No pagar el sueldo completo es un incumplimiento grave que permite autodespedirse y cobrar como si lo hubieran despedido.
El tribunal acogió el despido indirecto de un conductor de buses: el no pago íntegro de cotizaciones y de horas extraordinarias es un incumplimiento grave del empleador. Ordenó pagar las indemnizaciones con su incremento y las prestaciones impagas. La nulidad del despido no prosperó porque no se acreditó el monto de las diferencias de cada período.
Para cobrar también la nulidad del despido hay que probar con precisión cuánto se dejó de cotizar en cada mes.
El tribunal acogió la demanda de una ingeniera agrónoma que prestaba servicios a honorarios desde 2015 en un programa municipal: fue desvinculada sin cumplir las formalidades del artículo 162 del Código del Trabajo y sin invocar una causal, por lo que el despido se declaró injustificado.
Trabajar «a honorarios» para un municipio no impide reclamar como trabajador si la relación tenía las características de un contrato de trabajo.
La Corte Suprema rechazó el recurso de la Municipalidad de Temuco contra la sentencia, confirmada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que reconoció la relación laboral de un abogado contratado a honorarios entre 2005 y 2021 y acogió su demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones.
Si las labores exceden lo ocasional y hay subordinación, se aplica el Código del Trabajo aunque el contrato diga «honorarios».
La Corte Suprema rechazó el recurso contra la sentencia que reconoció la relación laboral de una trabajadora social contratada a honorarios por la Municipalidad de Temuco. La Corte de Apelaciones de Temuco había sostenido que se trata de una sentencia declarativa de un vínculo preexistente, por lo que la deuda previsional corresponde al empleador.
Al reconocerse la relación laboral, el empleador debe pagar las cotizaciones que no enteró durante todo el período trabajado.
La Corte Suprema acogió un recurso de queja y ordenó tramitar la demanda de una trabajadora desvinculada por una institución de educación superior de Temuco tras informar su embarazo. Cuando se discute la existencia misma de la relación laboral, las acciones de despido y nulidad dependen de esa acción y no pueden declararse caducadas por separado.
Si su empleador niega que haya relación laboral, el plazo para demandar el despido se rige por la acción que la declara.
Resúmenes informativos de fallos publicados por el Poder Judicial. Cada caso depende de sus propios hechos y de la prueba que se rinda.
Dónde se tramita su causa
Atendemos a trabajadores de Temuco y de toda La Araucanía por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Temuco.
Dónde atendemos
Conviene saberlo antes de demandar: presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, en General Mackenna 763, conoce las causas laborales de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire.
En las demás comunas de La Araucanía la materia laboral la ve el Juzgado de Letras con competencia común que corresponda. El recurso de nulidad, en todos los casos, lo resuelve la Corte de Apelaciones de Temuco. Nosotros presentamos la demanda donde corresponda y coordinamos todo de forma remota.
Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco
Otras comunas de La Araucanía (Juzgado de Letras respectivo)
Regiones vecinas, con sus propios tribunales
Guías
Preguntas frecuentes
Sesenta días hábiles contados desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.
La indemnización por años de servicio y el mes de aviso, más el recargo del artículo 168: 30% si la causal fue necesidades de la empresa y 80% o 100% si el empleador invocó una falta grave que no logró acreditar.
Sí, si firmó con reserva de derechos. Y aun sin ella puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias, feriado proporcional o cotizaciones impagas. Traiga el documento y lo revisamos.
Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no produce efecto hasta que las pague. Mientras tanto debe seguir pagándole las remuneraciones, lo que en la práctica multiplica el monto de la demanda.
Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista. Es la vía habitual cuando la contratista desaparece o no tiene bienes, muy común en faenas forestales de La Araucanía.
No exige desembolso inicial. Se trabaja a resultado: un porcentaje de lo que efectivamente se obtenga. Si no hay resultado, no hay honorarios.
Sí. Los tribunales laborales admiten mensajes, correos y audios como prueba. Conviene conservarlos sin editar y respaldarlos antes de entregar el teléfono de la empresa.
No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente. Si lo despidieron sin ese trámite, el despido es nulo y procede la reincorporación con pago del período.
Depende de la comuna. El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco conoce las causas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire (artículo 415 del Código del Trabajo). En las demás comunas de la región la materia laboral la ve el Juzgado de Letras con competencia común que corresponda. Nosotros presentamos la demanda donde corresponda y coordinamos todo de forma remota; muchas audiencias se realizan por videoconferencia.
Sirve para suspender el plazo y a veces se logra un acuerdo en el comparendo. Pero la Inspección no puede obligar al empleador a pagar: si no hay acuerdo, el paso siguiente es la demanda judicial.
En General Mackenna 763, Temuco. Allí se tramitan las causas laborales de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire. Los recursos de nulidad contra sus sentencias los resuelve la Corte de Apelaciones de Temuco.
No. Atendemos a trabajadores de Temuco y de toda La Araucanía por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos presencialmente a las audiencias cuando el caso lo exige.
El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.