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Región del Biobío · Atención remota y en audiencias

Abogado laboral en Tucapel, del lado del trabajador.

Si lo despidieron en Tucapel, su demanda se presenta ante el Juzgado de Letras de Yungay, que conoce las causas laborales de Yungay, Pemuco, El Carmen y Tucapel. Revisamos gratis su carta de despido y su finiquito, y le decimos cuánto puede reclamar antes de que venzan los 60 días hábiles.

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  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Chillán

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Tucapel.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Yungay

Chorrillos 61, Yungay

Plazos y montos

Plazos y montos que fija la ley.

Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de Tucapel.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Áreas de práctica en Tucapel

En qué podemos ayudarle en Tucapel.

Además de despidos y tutela, en Tucapel llevamos muchos casos de faenas forestales y aserraderos y de agricultura y trabajo de temporada.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Necesidades de la empresa sin respaldo, faltas graves que no se prueban o cartas genéricas: en todos esos casos se puede demandar para cobrar las indemnizaciones con el recargo legal.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

Además de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).

Guía de accidentes del trabajo
Se demanda también a la mandante

Faenas forestales y aserraderos

Subcontratación, trabajo en predios y aserraderos y accidentes por caída de árboles o maquinaria. La empresa principal responde por las obligaciones de su contratista.

Guía de accidentes forestales
Temporeros y predios

Agricultura y trabajo de temporada

Temporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.

Guía de temporeros agrícolas

Paso a paso en Tucapel

Cinco pasos. El segundo es el que más casos salva.

  1. Revise la carta de despido

    Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Anote la fecha del despido

    Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Demande ante el Juzgado de Letras de Yungay

    La demanda se presenta por la Oficina Judicial Virtual y el juicio se desarrolla, por lo general, en dos audiencias. Si hay que recurrir contra la sentencia, el recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Yungay.

En Tucapel no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Yungay, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Chorrillos 61, Yungay, que atiende Yungay, Pemuco, El Carmen y Tucapel (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). Aunque Tucapel pertenece a la Región del Biobío, por ley su juzgado es el de Yungay, en la Región de Ñuble, y su Corte de Apelaciones es la de Chillán. Atendemos a trabajadores de Tucapel por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Tucapel.

  • Juzgado de Letras de YungayChorrillos 61, Yungay
  • Comunas de su competenciaYungay, Pemuco, El Carmen y Tucapel (art. 422 del Código del Trabajo y art. 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Chillán
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Toda la Región del Biobío.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Yungay)

Provincia de Concepción

Provincia de Arauco

Provincia del Biobío

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Juicios laborales en Tucapel.

¿Hasta cuándo puedo demandar si me despidieron en Tucapel?

Tiene 60 días hábiles desde el despido, y para contarlos no se consideran los domingos ni los festivos. El plazo es el mismo en todo Chile y, una vez vencido, ya no se puede demandar el despido injustificado.

¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Tucapel?

El Juzgado de Letras de Yungay, en Chorrillos 61, Yungay. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Yungay, Pemuco, El Carmen y Tucapel (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 39 quáter del Código Orgánico de Tribunales). Aunque Tucapel pertenece a la Región del Biobío, por ley su juzgado es el de Yungay, en la Región de Ñuble, y su Corte de Apelaciones es la de Chillán. El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Chillán. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Tucapel?

Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).

¿Pueden despedirme con fuero maternal o sindical?

No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente, que en Tucapel es el Juzgado de Letras de Yungay. Si lo despidieron sin ese trámite, puede pedir su reincorporación y el pago del período.

Trabajo para una contratista forestal, ¿puedo demandar a la empresa principal?

Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista. Es la vía habitual cuando la contratista deja de pagar, desaparece o no tiene bienes.

¿Me pueden obligar a firmar la renuncia?

No. La renuncia debe ser voluntaria y, para valer, tiene que ratificarse ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o firmarse en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si lo presionaron para renunciar, puede pedir al tribunal que la deje sin efecto y cobrar las indemnizaciones de un despido.

¿Sirve ir a la Inspección del Trabajo antes de demandar?

Puede servir para intentar un acuerdo en el comparendo de conciliación, y suspende el plazo de 60 días hábiles mientras dura el trámite. Pero no es obligatorio, y el límite es de 90 días hábiles desde la separación: pasado ese plazo ya no se puede demandar (artículo 168 del Código del Trabajo).

Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?

Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.

¿Tengo que ir al tribunal?

Solo si lo citan a declarar o el caso lo requiere. El resto lo hacemos nosotros: preparamos la demanda, asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras de Yungay y le informamos de cada paso por WhatsApp.

¿Tienen oficina en Tucapel?

No. Atendemos a trabajadores de Tucapel y de toda la Región del Biobío por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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