Despido injustificado
Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.
Guía de demanda por despidoRegión de Los Lagos · Evaluación gratuita de su caso
Representamos a trabajadores de Puyehue ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, el tribunal especializado que conoce sus causas laborales. Tiene 60 días hábiles para demandar un despido. Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo.
Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.
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Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.
Cobramos solo si ganamos.
causas laborales tramitadas.
Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Puyehue.
Los Carrera 1400, Osorno
Plazos y montos
Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de Puyehue.
| Situación | Plazo | Qué se puede cobrar |
|---|---|---|
| Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa) | 60 días hábiles | Indemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30% |
| Despido por falta grave no acreditada (art. 160) | 60 días hábiles | Todas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100% |
| Autodespido por incumplimiento del empleador | Carta en 3 días hábiles | Lo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80% |
| Cotizaciones impagas (Ley Bustos) | 6 meses | Sueldos hasta la convalidación del despido |
| Tutela de derechos fundamentales | 60 días hábiles | 6 a 11 remuneraciones adicionales |
| Horas extraordinarias impagas | 6 meses | Las horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50% |
Áreas de práctica en Puyehue
Representamos a trabajadores de Puyehue y de toda la provincia de Osorno. En la zona vemos sobre todo casos de turismo y trabajo de temporada y de lechería y agroindustria.
Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.
Guía de demanda por despidoCuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.
Guía de autodespidoProtege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.
Guía de tutela laboralAdemás de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).
Guía de accidentes del trabajoHoteles, cabañas, restaurantes y servicios turísticos: contratos por temporada que se renuevan sin control, jornadas sin pago de horas extra y propinas retenidas.
Guía de gastronomía y hoteleríaPlantas de proceso, centros de acopio y lecherías: turnos rotativos, jornada excepcional sin autorización vigente y horas extraordinarias impagas.
Guía de jornada excepcionalCómo demandar en Puyehue
Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.
Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.
Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.
Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.
La demanda se presenta por la Oficina Judicial Virtual y el juicio se desarrolla, por lo general, en dos audiencias. Si hay que recurrir contra la sentencia, el recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Dónde se tramita su causa
En Puyehue las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, en Los Carrera 1400, Osorno: un juzgado especializado del trabajo con competencia sobre Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay, San Juan de la Costa, Río Negro y Purranque (artículo 415 del Código del Trabajo). Atendemos a trabajadores de Puyehue por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Puyehue.
Dónde atendemos
Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.
Mismo tribunal (Juzgado del Trabajo de Osorno)
Provincia de Llanquihue
Provincia de Chiloé
Provincia de Palena
Regiones vecinas, con sus propios tribunales
Guías
Preguntas frecuentes
Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, en Los Carrera 1400, Osorno. Es el juzgado especializado del trabajo de la zona y conoce las causas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay, San Juan de la Costa, Río Negro y Purranque (artículo 415 del Código del Trabajo). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Valdivia. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
La indemnización por años de servicio y el mes de aviso, más el recargo del artículo 168: 30% si la causal fue necesidades de la empresa y 80% o 100% si el empleador invocó una falta grave que no logró acreditar.
La jornada excepcional necesita autorización vigente de la Dirección del Trabajo para esa faena. Sin ella, todo el exceso sobre la jornada ordinaria es hora extraordinaria y se paga con recargo del 50%. Los registros de turno y el control de acceso son la prueba central.
No por necesidades de la empresa ni por desahucio: esas causales no pueden aplicarse a quien está con licencia médica (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo despidieron igual, puede demandar, y si la desvinculación fue por su estado de salud también procede la tutela laboral.
No, es opcional: puede demandar directamente. Si reclama en la Inspección, el plazo de 60 días hábiles se suspende mientras dura ese trámite, pero en ningún caso puede demandar después de 90 días hábiles desde la separación (artículo 168 del Código del Trabajo).
A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.
Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.
Sí, pero no renunciando: haciendo un autodespido. Cuando el empleador incumple gravemente el contrato, por ejemplo al no pagar sueldos o cotizaciones, usted puede ponerle término con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido con recargo (artículo 171 del Código del Trabajo). Si renuncia, pierde ese derecho.
No. Atendemos a trabajadores de Puyehue y de toda la Región de Los Lagos por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.
Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.