¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Cochamó?
Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.
¿A qué juzgado le corresponde una demanda laboral de Cochamó?
El Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, en Egaña 1141-A, tercer piso, Puerto Montt. Es el juzgado especializado del trabajo de la zona y conoce las causas de Puerto Montt y Cochamó (artículo 415 del Código del Trabajo). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
Trabajo en una salmonera o centro de cultivo, ¿qué puedo reclamar?
Las horas extraordinarias y los descansos no otorgados en los turnos de pontón o de planta, las cotizaciones impagas y, si sufrió un accidente de buceo o en faena por falta de medidas de seguridad, el daño moral y el lucro cesante. Si su empleador es una contratista, se demanda también a la empresa titular del centro.
¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Cochamó?
Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).
¿Cuánto cuesta contratar un abogado laboral en Cochamó?
No exige desembolso inicial. Se trabaja a resultado: entre un 20% y un 30% de lo que efectivamente se obtenga. Si no hay resultado, no hay honorarios.
Trabajaba a boleta de honorarios, ¿puedo reclamar como trabajador?
Sí, si en los hechos cumplía horario, recibía órdenes y estaba sujeto a supervisión: eso es una relación laboral aunque se haya disfrazado de honorarios (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo). El tribunal puede reconocerla y ordenar el pago de cotizaciones, feriado e indemnizaciones.
¿Qué es el autodespido y cuándo procede?
Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.
¿Tengo que ir al tribunal?
Solo si lo citan a declarar o el caso lo requiere. El resto lo hacemos nosotros: preparamos la demanda, asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt y le informamos de cada paso por WhatsApp.
Trabajo por temporada en turismo, ¿mi contrato puede ser indefinido?
Sí, en ciertos casos. Si su contrato es a plazo fijo y se renovó por segunda vez, o si siguió trabajando después de vencido con conocimiento del empleador, la ley lo transforma en indefinido (artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo). En cualquier caso tiene derecho a las horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones del período.
¿Tienen oficina en Cochamó?
No. Atendemos a trabajadores de Cochamó y de toda la Región de Los Lagos por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.