Saltar al contenido

Región de Los Lagos · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en Los Muermos, del lado del trabajador.

Defendemos a trabajadores de Los Muermos en despidos, autodespidos, tutela laboral y accidentes del trabajo. Sus juicios se tramitan ante el Juzgado de Letras y Garantía de Los Muermos. La primera evaluación no tiene costo y cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

Sus datos son confidenciales. Política de privacidad.

Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Puerto Montt

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Los Muermos.

Tribunal de su causaJuzgado de Los Muermos

San Martín esquina Antonio Varas, Los Muermos

Plazos y montos

Lo que puede cobrar, en una tabla.

Los plazos y recargos los fija el Código del Trabajo y rigen igual para un trabajador de Los Muermos que para uno de cualquier otra comuna.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Qué defendemos en Los Muermos

Casos laborales frecuentes en Los Muermos.

En Los Muermos y el resto de la provincia de Llanquihue atendemos todo tipo de conflictos laborales; muchos vienen de lechería y agroindustria y de faenas forestales y aserraderos.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no puede acreditar, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar las indemnizaciones con recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

Además de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).

Guía de accidentes del trabajo
Turnos en plantas de proceso

Lechería y agroindustria

Plantas de proceso, centros de acopio y lecherías: turnos rotativos, jornada excepcional sin autorización vigente y horas extraordinarias impagas.

Guía de jornada excepcional
Se demanda también a la mandante

Faenas forestales y aserraderos

Subcontratación, trabajo en predios y aserraderos y accidentes por caída de árboles o maquinaria. La empresa principal responde por las obligaciones de su contratista.

Guía de accidentes forestales

Cómo demandar en Los Muermos

Cinco pasos para no perder su caso.

  1. Revise la carta de despido

    Debe señalar la causal legal y los hechos que la fundan. Una carta genérica o sin hechos es difícil de sostener para el empleador en juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Anote la fecha del despido

    Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de Los Muermos

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras y Garantía de Los Muermos.

En Los Muermos no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras y Garantía de Los Muermos, un juzgado de letras de competencia común ubicado en San Martín esquina Antonio Varas, Los Muermos, que atiende Los Muermos (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 37 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Los Muermos por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Los Muermos.

  • Juzgado de Letras y Garantía de Los MuermosSan Martín esquina Antonio Varas, Los Muermos
  • Comunas de su competenciaLos Muermos (art. 422 del Código del Trabajo y art. 37 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Puerto Montt
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Otras comunas de la Región de Los Lagos.

Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.

Provincia de Llanquihue

Provincia de Osorno

Provincia de Chiloé

Provincia de Palena

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Juicios laborales en Los Muermos.

¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Los Muermos?

Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.

¿Qué tribunal ve las causas laborales de Los Muermos?

El Juzgado de Letras y Garantía de Los Muermos, en San Martín esquina Antonio Varas, Los Muermos. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Los Muermos (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 37 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Qué es la Ley Bustos y cómo me beneficia?

Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).

¿Cómo se pagan los turnos en plantas de proceso?

La jornada excepcional necesita autorización vigente de la Dirección del Trabajo para esa faena. Sin ella, todo el exceso sobre la jornada ordinaria es hora extraordinaria y se paga con recargo del 50%. Los registros de turno y el control de acceso son la prueba central.

Trabajo para una contratista forestal, ¿puedo demandar a la empresa principal?

Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista. Es la vía habitual cuando la contratista deja de pagar, desaparece o no tiene bienes.

¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Los Muermos?

Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).

¿Cómo cobran sus honorarios?

A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.

Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?

No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.

Mi empleador no me paga el sueldo a tiempo, ¿puedo irme y cobrar indemnización?

Sí, pero no renunciando: haciendo un autodespido. Cuando el empleador incumple gravemente el contrato, por ejemplo al no pagar sueldos o cotizaciones, usted puede ponerle término con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido con recargo (artículo 171 del Código del Trabajo). Si renuncia, pierde ese derecho.

¿Cómo me atienden si no tienen oficina en Los Muermos?

Por WhatsApp, teléfono y videollamada: nos envía sus documentos, revisamos el caso y le explicamos qué puede reclamar. Asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras y Garantía de Los Muermos cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.

LlamarWhatsApp