¿Hasta cuándo puedo demandar si me despidieron en Cerrillos?
Tiene 60 días hábiles desde el despido, y para contarlos no se consideran los domingos ni los festivos. El plazo es el mismo en todo Chile y, una vez vencido, ya no se puede demandar el despido injustificado.
¿Dónde se presenta una demanda laboral en Cerrillos?
El Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en San Martín 950 (1.º) y Merced 360 (2.º), Santiago. Es el juzgado especializado del trabajo de la zona y conoce las causas de la provincia de Santiago, salvo las nueve comunas que corresponden al Juzgado del Trabajo de San Miguel (artículo 415 del Código del Trabajo). Son dos juzgados, el 1.º y el 2.º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; la causa se asigna a uno de ellos al ingresar la demanda. El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).
¿Sirve ir a la Inspección del Trabajo antes de demandar?
Puede servir para intentar un acuerdo en el comparendo de conciliación, y suspende el plazo de 60 días hábiles mientras dura el trámite. Pero no es obligatorio, y el límite es de 90 días hábiles desde la separación: pasado ese plazo ya no se puede demandar (artículo 168 del Código del Trabajo).
Trabajo para una empresa contratista, ¿puedo demandar a la principal?
Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista, incluidas las indemnizaciones. Por eso conviene demandar a ambas desde el inicio.
¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Cerrillos?
Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).
¿Cómo cobran sus honorarios?
A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.
¿Pueden despedirme con fuero maternal o sindical?
No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente, que en Cerrillos es el Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Si lo despidieron sin ese trámite, puede pedir su reincorporación y el pago del período.
¿Me pueden obligar a firmar la renuncia?
No. La renuncia debe ser voluntaria y, para valer, tiene que ratificarse ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o firmarse en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si lo presionaron para renunciar, puede pedir al tribunal que la deje sin efecto y cobrar las indemnizaciones de un despido.
Trabajo en bodega a través de una empresa de servicios transitorios, ¿a quién demando?
A la empresa de servicios transitorios, que es su empleador, y también a la empresa usuaria donde presta servicios, que responde subsidiariamente por sus remuneraciones y cotizaciones. Si la puesta a disposición no cumplió las causales o plazos legales, se le considera trabajador dependiente de la usuaria (artículo 183-U del Código del Trabajo).
¿Atienden a trabajadores de Cerrillos a distancia?
Sí. No tenemos oficina en Cerrillos: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.