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Región Metropolitana · Atención remota y en audiencias

Abogado laboral en Padre Hurtado, sin costo inicial.

En Padre Hurtado las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras de Peñaflor. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de San Miguel

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Padre Hurtado.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Peñaflor

María Ester Garay 135, Peñaflor

Plazos y montos

Lo que puede cobrar, en una tabla.

Los plazos y recargos los fija el Código del Trabajo y rigen igual para un trabajador de Padre Hurtado que para uno de cualquier otra comuna.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Áreas de práctica en Padre Hurtado

Los casos que más vemos en Padre Hurtado.

Además de despidos y tutela, en Padre Hurtado llevamos muchos casos de bodegas, logística y distribución y de agricultura y trabajo de temporada.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no puede acreditar, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar las indemnizaciones con recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

Además de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).

Guía de accidentes del trabajo
Turnos y horas extra

Bodegas, logística y distribución

Centros de distribución y bodegas: turnos nocturnos, horas extraordinarias sin registro, trabajadores de empresas de servicios transitorios y accidentes con grúas horquilla.

Guía de centros de distribución
Temporeros y predios

Agricultura y trabajo de temporada

Temporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.

Guía de temporeros agrícolas

Cómo demandar en Padre Hurtado

Cinco pasos. El segundo es el que más casos salva.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. No firme el finiquito sin reserva de derechos

    Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Reúna la prueba

    Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.

  5. Demande ante el Juzgado de Letras de Peñaflor

    La demanda se presenta por la Oficina Judicial Virtual y el juicio se desarrolla, por lo general, en dos audiencias. Si hay que recurrir contra la sentencia, el recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Peñaflor.

En Padre Hurtado no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Peñaflor, un juzgado de letras de competencia común ubicado en María Ester Garay 135, Peñaflor, que atiende Peñaflor y Padre Hurtado (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 40 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Padre Hurtado por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Padre Hurtado.

  • Juzgado de Letras de PeñaflorMaría Ester Garay 135, Peñaflor
  • Comunas de su competenciaPeñaflor y Padre Hurtado (art. 422 del Código del Trabajo y art. 40 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de San Miguel
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Otras comunas de la Región Metropolitana.

Cada comuna tiene un tribunal laboral asignado. Presentar en el tribunal equivocado hace perder tiempo dentro de un plazo que no se detiene.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Peñaflor)

Provincia de Santiago

Provincia Cordillera

Provincia de Chacabuco

Provincia del Maipo

Provincia de Talagante

Provincia de Melipilla

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Juicios laborales en Padre Hurtado.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Padre Hurtado?

Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.

¿Qué tribunal ve las causas laborales de Padre Hurtado?

El Juzgado de Letras de Peñaflor, en María Ester Garay 135, Peñaflor. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Peñaflor y Padre Hurtado (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 40 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Qué es el autodespido y cuándo procede?

Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.

Mi empleador no pagó mis cotizaciones, ¿qué pasa con mi despido?

Si al despedirlo había cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato: el empleador debe seguir pagando sueldos y cotizaciones hasta que pague la deuda y se lo comunique. Es la nulidad del despido o Ley Bustos (artículo 162 del Código del Trabajo).

Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?

Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.

Trabajo en bodega a través de una empresa de servicios transitorios, ¿a quién demando?

A la empresa de servicios transitorios, que es su empleador, y también a la empresa usuaria donde presta servicios, que responde subsidiariamente por sus remuneraciones y cotizaciones. Si la puesta a disposición no cumplió las causales o plazos legales, se le considera trabajador dependiente de la usuaria (artículo 183-U del Código del Trabajo).

¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Padre Hurtado?

Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).

¿Tengo que viajar para el juicio?

No para gestionar el caso: lo coordinamos por WhatsApp, teléfono y videollamada. Las audiencias se realizan en el Juzgado de Letras de Peñaflor y muchas pueden hacerse por videoconferencia cuando el tribunal lo autoriza; si debe asistir, lo acompañamos.

¿Pueden despedirme con fuero maternal o sindical?

No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente, que en Padre Hurtado es el Juzgado de Letras de Peñaflor. Si lo despidieron sin ese trámite, puede pedir su reincorporación y el pago del período.

¿Tienen oficina en Padre Hurtado?

No. Atendemos a trabajadores de Padre Hurtado y de toda la Región Metropolitana por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

Antes de firmar nada, consúltenos.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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