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Región Metropolitana · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en Pedro Aguirre Cerda, sin costo inicial.

Representamos a trabajadores de Pedro Aguirre Cerda ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, el tribunal especializado que conoce sus causas laborales. Tiene 60 días hábiles para demandar un despido. Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de San Miguel

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Pedro Aguirre Cerda.

Tribunal de su causaJuzgado del Trabajo de San Miguel

Ureta Cox 855, San Miguel

Plazos y montos

Lo que fija la ley, en una tabla.

Los plazos y recargos los fija el Código del Trabajo y rigen igual para un trabajador de Pedro Aguirre Cerda que para uno de cualquier otra comuna.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Casos que llevamos en Pedro Aguirre Cerda

Casos laborales frecuentes en Pedro Aguirre Cerda.

En Pedro Aguirre Cerda y el resto de la provincia de Santiago atendemos todo tipo de conflictos laborales; muchos vienen de comercio y servicios y de industria y empresas contratistas.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Domingos y festivos

Comercio y servicios

Supermercados, tiendas y servicios: domingos y festivos trabajados sin compensación, comisiones impagas y despidos por «necesidades de la empresa» sin respaldo.

Domingos y festivos en el comercio
Responde la empresa principal

Industria y empresas contratistas

Grandes faenas industriales operan con contratistas. Si la contratista no paga sueldos, cotizaciones o indemnizaciones, se demanda también a la empresa principal.

Guía de subcontratación

Cómo demandar en Pedro Aguirre Cerda

Antes de demandar, cinco pasos clave.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. No firme el finiquito sin reserva de derechos

    Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Reúna la prueba

    Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.

  5. Presente la demanda en el Juzgado del Trabajo de San Miguel

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.

En Pedro Aguirre Cerda las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en Ureta Cox 855, San Miguel: un juzgado especializado del trabajo con competencia sobre San Miguel, San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda y Lo Espejo (artículo 415 del Código del Trabajo). Atendemos a trabajadores de Pedro Aguirre Cerda por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Pedro Aguirre Cerda.

  • Juzgado de Letras del Trabajo de San MiguelUreta Cox 855, San Miguel
  • Comunas de su competenciaSan Miguel, San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda y Lo Espejo (art. 415 del Código del Trabajo)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de San Miguel
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Atendemos en toda la Región Metropolitana.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado del Trabajo de San Miguel)

Provincia de Santiago

Provincia Cordillera

Provincia de Chacabuco

Provincia del Maipo

Provincia de Talagante

Provincia de Melipilla

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan en Pedro Aguirre Cerda.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar un despido en Pedro Aguirre Cerda?

Sesenta días hábiles desde la separación, contados de lunes a sábado sin feriados. Si antes presenta un reclamo en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, pero nunca puede superar los 90 días hábiles. Vencido, la acción caduca.

¿Dónde se presenta una demanda laboral en Pedro Aguirre Cerda?

El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en Ureta Cox 855, San Miguel. Es el juzgado especializado del trabajo de la zona y conoce las causas de San Miguel, San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón, La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda y Lo Espejo (artículo 415 del Código del Trabajo). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

Trabajo en el comercio, ¿me deben compensar los domingos trabajados?

Sí. Quienes trabajan en domingo o festivo tienen derecho a días de descanso compensatorio, y en el comercio, en general, al menos dos de los días de descanso de cada mes deben ser domingo (artículo 38 del Código del Trabajo). Si no se respetaron, se puede reclamar.

¿Tengo que ir al tribunal?

Solo si lo citan a declarar o el caso lo requiere. El resto lo hacemos nosotros: preparamos la demanda, asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel y le informamos de cada paso por WhatsApp.

Trabajo para una empresa contratista, ¿puedo demandar a la principal?

Sí. En régimen de subcontratación la empresa principal responde por las obligaciones laborales y previsionales de la contratista, incluidas las indemnizaciones. Por eso conviene demandar a ambas desde el inicio.

Mi empleador no pagó mis cotizaciones, ¿qué pasa con mi despido?

Si al despedirlo había cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato: el empleador debe seguir pagando sueldos y cotizaciones hasta que pague la deuda y se lo comunique. Es la nulidad del despido o Ley Bustos (artículo 162 del Código del Trabajo).

¿Pueden despedirme con fuero maternal o sindical?

No sin autorización judicial previa. El artículo 174 del Código del Trabajo obliga al empleador a pedir el desafuero ante el tribunal laboral competente, que en Pedro Aguirre Cerda es el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Si lo despidieron sin ese trámite, puede pedir su reincorporación y el pago del período.

¿Me pueden obligar a firmar la renuncia?

No. La renuncia debe ser voluntaria y, para valer, tiene que ratificarse ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o firmarse en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si lo presionaron para renunciar, puede pedir al tribunal que la deje sin efecto y cobrar las indemnizaciones de un despido.

¿Qué documentos necesito para demandar?

La carta de despido, el contrato y sus anexos, las liquidaciones de sueldo y el certificado de cotizaciones de su AFP. Si los tiene, también correos, mensajes de WhatsApp, registros de asistencia y el nombre de compañeros que puedan declarar. Lo que esté en poder del empleador se le puede pedir al tribunal.

¿Atienden a trabajadores de Pedro Aguirre Cerda a distancia?

Sí. No tenemos oficina en Pedro Aguirre Cerda: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

Escríbanos por WhatsApp o llámenos: si no hay resultado, no hay honorarios.

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