Saltar al contenido

Región Metropolitana · Honorarios solo si hay resultado

Abogado laboral en Colina, con honorarios a resultado.

En Colina las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras de Colina. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

Sus datos son confidenciales. Política de privacidad.

Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Santiago

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Colina.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Colina

Interprovincial 130, esquina Avenida San Martín, Colina

Plazos y montos

Plazos y montos que fija la ley.

Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de Colina.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Qué defendemos en Colina

En qué podemos ayudarle en Colina.

Representamos a trabajadores de Colina y de toda la provincia de Chacabuco. En la zona vemos sobre todo casos de bodegas, logística y distribución y de construcción y obras.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

Además de las prestaciones de la mutualidad, si el accidente ocurrió porque la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias, se puede demandar el daño moral y el lucro cesante (artículo 69 de la Ley 16.744).

Guía de accidentes del trabajo
Turnos y horas extra

Bodegas, logística y distribución

Centros de distribución y bodegas: turnos nocturnos, horas extraordinarias sin registro, trabajadores de empresas de servicios transitorios y accidentes con grúas horquilla.

Guía de centros de distribución
Contratos por obra o faena

Construcción y obras

Contratos por obra que se encadenan, finiquitos que no pagan el feriado proporcional y accidentes por caída de altura o falta de elementos de protección personal.

Guía del contrato por obra o faena

Cómo demandar en Colina

Cinco pasos para no perder su caso.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. No firme el finiquito sin reserva de derechos

    Se escribe a mano antes de firmar. Permite recibir el pago y de todas formas demandar las diferencias y el recargo.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Demande ante el Juzgado de Letras de Colina

    La demanda se presenta por la Oficina Judicial Virtual y el juicio se desarrolla, por lo general, en dos audiencias. Si hay que recurrir contra la sentencia, el recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Colina.

En Colina no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Colina, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Interprovincial 130, esquina Avenida San Martín, Colina, que atiende las comunas de la provincia de Chacabuco: Colina, Lampa y Tiltil (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 40 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de Colina por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Colina.

  • Juzgado de Letras de ColinaInterprovincial 130, esquina Avenida San Martín, Colina
  • Comunas de su competenciaLas comunas de la provincia de Chacabuco: Colina, Lampa y Tiltil (art. 422 del Código del Trabajo y art. 40 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Santiago
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Toda la Región Metropolitana.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Colina)

Provincia de Santiago

Provincia Cordillera

Provincia del Maipo

Provincia de Talagante

Provincia de Melipilla

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre despidos en Colina.

¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Colina?

Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.

¿Qué tribunal ve las causas laborales de Colina?

El Juzgado de Letras de Colina, en Interprovincial 130, esquina Avenida San Martín, Colina. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de las comunas de la provincia de Chacabuco: Colina, Lampa y Tiltil (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 40 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

Me están presionando para que renuncie, ¿qué hago?

No firme. Una renuncia solo vale si es voluntaria y se ratifica ante un ministro de fe o en el portal de la Dirección del Trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Guarde los mensajes o correos en que lo presionan y consúltenos: si el empleador quiere terminar el contrato, debe despedirlo y pagar lo que corresponde.

¿Qué indemnizaciones puedo cobrar en Colina?

Las mismas que en cualquier parte de Chile: un mes de sueldo por cada año trabajado, con los topes legales; el mes de aviso si no le avisaron con 30 días; el feriado proporcional y, si el despido es injustificado, un recargo de 30% a 100% según la causal (artículos 162, 163 y 168 del Código del Trabajo).

Mi empleador no pagó mis cotizaciones, ¿qué pasa con mi despido?

Si al despedirlo había cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato: el empleador debe seguir pagando sueldos y cotizaciones hasta que pague la deuda y se lo comunique. Es la nulidad del despido o Ley Bustos (artículo 162 del Código del Trabajo).

Trabajo en construcción con contrato por obra, ¿me corresponde indemnización?

Sí, si el contrato estuvo vigente un mes o más y termina por conclusión de la obra: el empleador debe pagar una indemnización de dos días y medio de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días (artículo 163 del Código del Trabajo). Si lo contrataron para obras sucesivas sin interrupción o en labores permanentes, el contrato puede ser en realidad indefinido.

¿Qué es el autodespido y cuándo procede?

Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.

Trabajo en bodega a través de una empresa de servicios transitorios, ¿a quién demando?

A la empresa de servicios transitorios, que es su empleador, y también a la empresa usuaria donde presta servicios, que responde subsidiariamente por sus remuneraciones y cotizaciones. Si la puesta a disposición no cumplió las causales o plazos legales, se le considera trabajador dependiente de la usuaria (artículo 183-U del Código del Trabajo).

¿Cómo cobran sus honorarios?

A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.

¿Tienen oficina en Colina?

No. Atendemos a trabajadores de Colina y de toda la Región Metropolitana por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

No firme su finiquito antes de que un abogado lo revise.

Revisamos su carta de despido y su finiquito sin costo y le decimos cuánto puede reclamar.

LlamarWhatsApp