Saltar al contenido

Región Metropolitana · Honorarios solo si hay resultado

Abogado laboral en San Pedro, solo para trabajadores.

Si lo despidieron en San Pedro, su demanda se presenta ante el Juzgado de Letras de Melipilla, que conoce las causas laborales de Melipilla, Alhué, María Pinto y San Pedro. Revisamos gratis su carta de despido y su finiquito, y le decimos cuánto puede reclamar antes de que venzan los 60 días hábiles.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

Sus datos son confidenciales. Política de privacidad.

Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de San Miguel

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de San Pedro.

Tribunal de su causaJuzgado de Letras de Melipilla

Correa 490, segundo piso, Melipilla

Plazos y montos

Lo que fija la ley, en una tabla.

Antes de firmar o demandar, revise qué le corresponde: estos son los plazos y montos que rigen para un trabajador de San Pedro.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Qué defendemos en San Pedro

En qué podemos ayudarle en San Pedro.

En San Pedro y el resto de la provincia de Melipilla atendemos todo tipo de conflictos laborales; muchos vienen de agricultura y trabajo de temporada y de packing y agroindustria frutícola.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

La carta debe indicar hechos concretos y el empleador debe probarlos en juicio. Si invoca una causal que no puede acreditar, el tribunal la declara injustificada y ordena pagar las indemnizaciones con recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cotizaciones impagas, sueldos atrasados, cambios unilaterales de funciones o acoso sostenido permiten al trabajador poner término al contrato y cobrar lo mismo que en un despido.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Si lo despidieron por su estado de salud, por estar embarazada, por pertenecer a un sindicato o por haber denunciado a su empleador, puede demandar por tutela y cobrar una indemnización adicional de 6 a 11 sueldos.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Temporeros y predios

Agricultura y trabajo de temporada

Temporeros, cuidadores de predios y trabajadores agrícolas: contratos sin escriturar, despidos antes de terminar la cosecha y desalojo de la casa del predio.

Guía de temporeros agrícolas
Temporada alta y turnos

Packing y agroindustria frutícola

Packing, frigoríficos y plantas frutícolas: turnos nocturnos en temporada alta, horas extraordinarias sin registro y exposición a plaguicidas sin elementos de protección.

Guía de packing y plaguicidas

Paso a paso en San Pedro

Antes de demandar, cinco pasos clave.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Anote la fecha del despido

    Desde ese día corren 60 días hábiles para demandar, de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo los suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Junte sus documentos

    Contrato, anexos, liquidaciones, certificado de cotizaciones, correos y mensajes. Si hay compañeros que vieron lo ocurrido, anote sus datos: pueden declarar como testigos.

  5. Presente la demanda en el Juzgado de Letras de Melipilla

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras de Melipilla.

En San Pedro no hay un juzgado especializado del trabajo: las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras de Melipilla, un juzgado de letras de competencia común ubicado en Correa 490, segundo piso, Melipilla, que atiende Melipilla, Alhué, María Pinto y San Pedro (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 40 del Código Orgánico de Tribunales). Atendemos a trabajadores de San Pedro por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en San Pedro.

  • Juzgado de Letras de MelipillaCorrea 490, segundo piso, Melipilla
  • Comunas de su competenciaMelipilla, Alhué, María Pinto y San Pedro (art. 422 del Código del Trabajo y art. 40 del Código Orgánico de Tribunales)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de San Miguel
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Atendemos en toda la Región Metropolitana.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado de Letras de Melipilla)

Provincia de Santiago

Provincia Cordillera

Provincia de Chacabuco

Provincia del Maipo

Provincia de Talagante

Provincia de Melipilla

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes de trabajadores de San Pedro.

¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en San Pedro?

Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.

¿Dónde se presenta una demanda laboral en San Pedro?

El Juzgado de Letras de Melipilla, en Correa 490, segundo piso, Melipilla. Es un juzgado de letras de competencia común: además de las causas civiles conoce las laborales de Melipilla, Alhué, María Pinto y San Pedro (artículo 422 del Código del Trabajo y artículo 40 del Código Orgánico de Tribunales). El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de San Miguel. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Cómo cobran sus honorarios?

A resultado: no paga nada al inicio y los honorarios son un porcentaje, entre 20% y 30%, de lo que efectivamente se obtenga en el juicio o en un acuerdo. Si no se obtiene nada, no paga honorarios.

¿Sirve ir a la Inspección del Trabajo antes de demandar?

Puede servir para intentar un acuerdo en el comparendo de conciliación, y suspende el plazo de 60 días hábiles mientras dura el trámite. Pero no es obligatorio, y el límite es de 90 días hábiles desde la separación: pasado ese plazo ya no se puede demandar (artículo 168 del Código del Trabajo).

Ya firmé el finiquito, ¿perdí mi derecho a demandar?

No necesariamente. Si escribió una reserva de derechos antes de firmar, puede demandar lo que reservó. Y aunque no la haya hecho, puede reclamar lo que el finiquito no incluyó, como horas extraordinarias o cotizaciones impagas. Envíenos una foto del documento y lo revisamos.

Trabajo en un packing, ¿me deben pagar horas extra en temporada alta?

Sí. Toda hora que exceda la jornada ordinaria es extraordinaria y se paga con un recargo de al menos 50%, aunque se trate de un contrato de temporada. Si no hubo pacto escrito pero el empleador las exigió o las conocía, igual se pagan (artículo 32 del Código del Trabajo). Los registros de asistencia son la prueba central.

Me despidieron durante una licencia médica, ¿es legal?

Depende de la causal. Mientras dura la licencia el empleador no puede invocar necesidades de la empresa ni desahucio (artículo 161 del Código del Trabajo). Si lo hizo, el despido se puede impugnar; y si el motivo real fue su enfermedad, procede además la tutela laboral por discriminación.

Soy temporero agrícola, ¿qué derechos tengo?

Su contrato debe constar por escrito; si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9 del Código del Trabajo). Tiene derecho al pago de horas extraordinarias, al feriado proporcional y a las cotizaciones de todo el período trabajado.

¿Qué es el autodespido y cuándo procede?

Es la decisión del trabajador de terminar el contrato cuando el empleador incurre en faltas graves, como no pagar remuneraciones o cotizaciones, el acoso laboral o sexual o el incumplimiento grave del contrato. Da derecho a las mismas indemnizaciones de un despido, aumentadas en 50% o hasta en 80% según la causal (artículo 171 del Código del Trabajo). Se comunica por carta y se demanda dentro de 60 días hábiles.

¿Atienden a trabajadores de San Pedro a distancia?

Sí. No tenemos oficina en San Pedro: la evaluación y el seguimiento del caso se hacen por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige.

No firme su finiquito antes de que un abogado lo revise.

El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.

LlamarWhatsApp