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Región Metropolitana · Evaluación gratuita de su caso

Abogado laboral en Lo Prado, con honorarios a resultado.

En Lo Prado las demandas laborales se presentan ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Le ayudamos a demandar dentro del plazo de 60 días hábiles, sin costo inicial: cobramos solo si ganamos.

  • Sin costos iniciales
  • Cobramos solo si ganamos
  • Trato directo y confidencial

Evalúe su caso hoy

Cuéntenos qué pasó y le decimos si su despido es reclamable y cuánto podría exigir.

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Plazo para demandar un despido 60 días hábiles

Desde la separación, de lunes a sábado sin feriados. Si reclama antes en la Inspección del Trabajo el plazo se suspende, hasta un máximo de 90 días.

Para empezar$0

Cobramos solo si ganamos.

Experiencia+1.200

causas laborales tramitadas.

Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Santiago

Resuelve los recursos de nulidad de las causas de Lo Prado.

Tribunal de su causaJuzgado del Trabajo de Santiago

San Martín 950 (1.º) y Merced 360 (2.º), Santiago

Plazos y montos

Lo que fija la ley, en una tabla.

Estas cifras son las mismas en todo Chile y determinan cuánto puede reclamar un trabajador de Lo Prado.

SituaciónPlazoQué se puede cobrar
Despido injustificado (art. 161, necesidades de la empresa)60 días hábilesIndemnización por años de servicio y mes de aviso, con recargo del 30%
Despido por falta grave no acreditada (art. 160)60 días hábilesTodas las indemnizaciones con recargo del 80% o 100%
Autodespido por incumplimiento del empleadorCarta en 3 días hábilesLo mismo que un despido, con recargo del 50% u 80%
Cotizaciones impagas (Ley Bustos)6 mesesSueldos hasta la convalidación del despido
Tutela de derechos fundamentales60 días hábiles6 a 11 remuneraciones adicionales
Horas extraordinarias impagas6 mesesLas horas trabajadas sobre la jornada pactada, con recargo del 50%

Casos que llevamos en Lo Prado

Casos laborales frecuentes en Lo Prado.

Además de despidos y tutela, en Lo Prado llevamos muchos casos de comercio y servicios y de construcción y obras.

Recargo de 30% a 100%

Despido injustificado

Si la carta de despido no señala hechos concretos o el empleador no logra probarlos, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar la indemnización por años de servicio con su recargo.

Guía de demanda por despido
Carta en 3 días hábiles

Autodespido

Cuando el empleador no paga el sueldo o las cotizaciones, o hay acoso, el trabajador puede terminar el contrato con una carta y demandar las indemnizaciones de un despido, con recargo.

Guía de autodespido
6 a 11 remuneraciones

Tutela laboral

Protege la integridad psíquica, la honra y la no discriminación en el trabajo. Procede cuando la desvinculación responde al estado de salud, al embarazo, a la afiliación sindical o a una denuncia previa.

Guía de tutela laboral
Daño moral y lucro cesante

Accidente del trabajo y de trayecto

La mutualidad cubre la atención médica y los subsidios, pero no el daño moral ni el lucro cesante, que se demandan aparte cuando la empresa no tomó las medidas de seguridad necesarias.

Guía de accidentes del trabajo
Domingos y festivos

Comercio y servicios

Supermercados, tiendas y servicios: domingos y festivos trabajados sin compensación, comisiones impagas y despidos por «necesidades de la empresa» sin respaldo.

Domingos y festivos en el comercio
Contratos por obra o faena

Construcción y obras

Contratos por obra que se encadenan, finiquitos que no pagan el feriado proporcional y accidentes por caída de altura o falta de elementos de protección personal.

Guía del contrato por obra o faena

Si lo despidieron en Lo Prado

Cinco pasos. El segundo es el que más casos salva.

  1. Lea con calma la carta de despido

    Fíjese en la causal que invoca y en los hechos que describe. Si es genérica o no menciona hechos concretos, eso juega a su favor en el juicio.

  2. Si firma el finiquito, hágalo con reserva de derechos

    Escriba la reserva de su puño y letra antes de firmar ante el ministro de fe. Así cobra lo que le ofrecen y conserva el derecho a demandar el resto.

  3. Controle el plazo de 60 días hábiles

    Se cuentan de lunes a sábado sin feriados. El reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, pero nunca más allá de 90 días.

  4. Reúna la prueba

    Contrato, liquidaciones, registros de turno, correos, mensajes de WhatsApp y compañeros que puedan declarar. La prueba se prepara antes de demandar.

  5. Presente la demanda en el Juzgado del Trabajo de Santiago

    Se ingresa por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. El recurso de nulidad contra la sentencia lo resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago.

Dónde se tramita su causa

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

En Lo Prado las causas laborales las conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en San Martín 950 (1.º) y Merced 360 (2.º), Santiago: un juzgado especializado del trabajo con competencia sobre la provincia de Santiago, salvo las nueve comunas que corresponden al Juzgado del Trabajo de San Miguel (artículo 415 del Código del Trabajo). Son dos juzgados, el 1.º y el 2.º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; la causa se asigna a uno de ellos al ingresar la demanda. Atendemos a trabajadores de Lo Prado por WhatsApp, teléfono y videollamada, y asistimos a las audiencias cuando el caso lo exige. El estudio no tiene oficina en Lo Prado.

  • Juzgado de Letras del Trabajo de SantiagoSan Martín 950 (1.º) y Merced 360 (2.º), Santiago
  • Comunas de su competenciaLa provincia de Santiago, salvo las nueve comunas que corresponden al Juzgado del Trabajo de San Miguel (art. 415 del Código del Trabajo)
  • Segunda instanciaCorte de Apelaciones de Santiago
Consultar por WhatsApp

Dónde atendemos

Otras comunas de la Región Metropolitana.

Si trabajó en otra comuna de la región, revise su página: el tribunal que le corresponde puede ser otro.

Mismo tribunal (Juzgado del Trabajo de Santiago)

Provincia de Santiago

Provincia Cordillera

Provincia de Chacabuco

Provincia del Maipo

Provincia de Talagante

Provincia de Melipilla

Regiones vecinas, con sus propios tribunales

Preguntas frecuentes

Juicios laborales en Lo Prado.

¿Qué plazo hay para demandar un despido injustificado en Lo Prado?

Sesenta días hábiles contados desde la separación, sin contar domingos ni festivos (artículo 168 del Código del Trabajo). Por eso conviene consultar apenas reciba la carta de despido: preparar bien la demanda toma tiempo.

¿Dónde se presenta una demanda laboral en Lo Prado?

El Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en San Martín 950 (1.º) y Merced 360 (2.º), Santiago. Es el juzgado especializado del trabajo de la zona y conoce las causas de la provincia de Santiago, salvo las nueve comunas que corresponden al Juzgado del Trabajo de San Miguel (artículo 415 del Código del Trabajo). Son dos juzgados, el 1.º y el 2.º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; la causa se asigna a uno de ellos al ingresar la demanda. El recurso de nulidad lo resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago. Por regla general se demanda ante el tribunal del lugar donde prestó los servicios, aunque también puede hacerse ante el del domicilio del empleador (artículo 423 del Código del Trabajo).

¿Puedo demandar si trabajaba sin contrato escrito?

Sí. Hay contrato de trabajo aunque no se haya firmado nada: basta que haya trabajado bajo las órdenes de un empleador a cambio de un sueldo (artículos 7 y 8 del Código del Trabajo). Si el empleador no lo escrituró, se presumen ciertas las condiciones que usted declare (artículo 9). Transferencias, mensajes y testigos sirven de prueba.

¿Cuánto me tienen que pagar si el despido se declara injustificado?

La indemnización por años de servicio y el mes de aviso, más el recargo del artículo 168: 30% si la causal fue necesidades de la empresa y 80% o 100% si el empleador invocó una falta grave que no logró acreditar.

Trabajo en el comercio, ¿me deben compensar los domingos trabajados?

Sí. Quienes trabajan en domingo o festivo tienen derecho a días de descanso compensatorio, y en el comercio, en general, al menos dos de los días de descanso de cada mes deben ser domingo (artículo 38 del Código del Trabajo). Si no se respetaron, se puede reclamar.

Trabajo en construcción con contrato por obra, ¿me corresponde indemnización?

Sí, si el contrato estuvo vigente un mes o más y termina por conclusión de la obra: el empleador debe pagar una indemnización de dos días y medio de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días (artículo 163 del Código del Trabajo). Si lo contrataron para obras sucesivas sin interrupción o en labores permanentes, el contrato puede ser en realidad indefinido.

¿Qué es la Ley Bustos y cómo me beneficia?

Si al despedirlo el empleador tenía cotizaciones impagas, el despido no pone término al contrato para efectos de las remuneraciones: debe seguir pagándole el sueldo y las cotizaciones hasta que pague la deuda previsional y se lo comunique (artículo 162 del Código del Trabajo).

¿Puedo reclamar horas extraordinarias impagas?

Sí. Se pagan con un recargo de al menos 50% sobre el sueldo convenido, y se deben también las que el empleador exigió o conocía aunque no hubiera pacto escrito (artículo 32 del Código del Trabajo). El derecho a cobrarlas prescribe en seis meses desde que debieron pagarse.

¿Qué documentos necesito para demandar?

La carta de despido, el contrato y sus anexos, las liquidaciones de sueldo y el certificado de cotizaciones de su AFP. Si los tiene, también correos, mensajes de WhatsApp, registros de asistencia y el nombre de compañeros que puedan declarar. Lo que esté en poder del empleador se le puede pedir al tribunal.

¿Cómo me atienden si no tienen oficina en Lo Prado?

Por WhatsApp, teléfono y videollamada: nos envía sus documentos, revisamos el caso y le explicamos qué puede reclamar. Asistimos a las audiencias del Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago cuando el caso lo exige.

Cuéntenos su caso: la evaluación es gratis.

El plazo de 60 días hábiles corre desde el día de la separación. Consúltenos antes de que venza.

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